Cuidado con la nueva obligación de informar a los accionistas sobre el cumplimiento de las disposiciones fiscales
Práctica Fiscal › Núm. 456, Diciembre 2006
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El pasado 29 de junio entró en vigor la fracción XX del artículo 86 de la Ley del ISR, que dispone ciertos deberes a cargo de determinadas personas morales, que deben proporcionar información a sus accionistas sobre el cumplimiento de las obligaciones fiscales. Esta nueva obligación formal hace necesario implementar diversas medidas al momento de celebrar las asambleas ordinarias de accionistas. Para tal efecto, si las personas morales no cumplen con esa obligación pueden encuadrar en una conducta infraccionada. Por ello, conviene analizar el alcance de dicha obligación, así como las diversas consecuencias que pueden derivar de su incumplimiento.
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Cuidado con la nueva obligación de informar a los accionistas sobre el cumplimiento de las disposiciones fiscales
Introducción El pasado 28 de junio se publicó en el Diario Oficial de la Federación (DOF) el Decreto por el que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones fiscales. Entre las modificaciones cabe destacar la adición de la fracción XX al artículo 86 de la Ley del Impuesto sobre la Renta (ISR), en la que se establece el deber a cargo de ciertas personas morales de proporcionar información a sus accionistas sobre el cumplimiento de sus obligaciones fiscales. Esta nueva obligación formal entró en vigor el 29 de junio de 2006, y deberá considerarse al momento de celebrar la asamblea ordinaria de accionistas. Para tal efecto, es importante advertir que si las personas morales no cumplen con esa obligación, podrán encuadrar en una conducta infraccionada, sobre la cual se podría imponer una multa mínima de $20,000. En este sentido, se analiza enseguida el alcance de dicha obligación, así como las diversas consecuencias que pueden derivar por su incumplimiento. Personas que deben cumplir con la obligación prevista en la fracción XX del artículo 86 de la Ley del ISR Contenido de la adición La fracción XX del artículo 86 de la Ley del ISR, que entró en vigor el pasado 29 de junio, señala textualmente lo siguiente: 86. Los contribuyentes que obtengan ingresos de los señalados en este Título, además de las obligaciones establecidas en otros artículos de esta Ley, tendrán las siguientes: XX. Tratándose de contribuyentes obligados a dictaminarse en los términos del artículo 32-A del Código Fiscal de la Federación, deberán dar a conocer en la Asamblea General Ordinaria de Accionistas un reporte en el que se informe sobre el cumplimiento de las obligaciones fiscales a su cargo en el ejercicio fiscal al que corresponda el dictamen. La obligación prevista en el párrafo anterior, se tendrá por cumplida si en la Asamblea referida se distribuye entre los accionistas y se da lectura al informe sobre la revisión de la situación fisc...
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