Cuadro de antigüedades de los trabajadores. ¿Es obligatoria su formulación en las empresas?

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Introducción

La antigüedad en el trabajo es el reconocimiento de la prestación de servicios personales y subordinados de un trabajador a un patrón, mientras dure la relación laboral, es decir, el tiempo durante el cual se prestaron o se continúan prestando los servicios.

Dicha antigüedad constituye la base para calcular y pagar las diferentes prestaciones legales que establece la LFT y las prestaciones extralegales contenidas en los contratos individuales o colectivos, tales como vacaciones, prima vacacional y de antigüedad, así como para calcular el monto de la indemnización, en caso de despido injustificado, o bien, del pago de finiquito, si se trata de renuncia por parte del trabajador, o por despido justificado.

En este sentido, el artículo 158 de la LFT estipula que los patrones tienen obligación de determinar la antigüedad tanto de los trabajadores de planta como de los eventuales a su servicio, a través de la formulación de un cuadro general de antigüedades distribuido por categorías de cada profesión u oficio de todo su personal, mismo que será elaborado por una comisión integrada con representantes de los trabajadores y del patrón.

Comentamos en qué consiste el cuadro de antigüedades de los trabajadores y los aspectos que deben considerarse para su formulación.

Concepto

El cuadro de antigüedades es una herramienta que, previa su elaboración, permite determinar de manera eficiente las prestaciones o los derechos legales de los trabajadores, como los siguientes:

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Integración de la comisión mixta para elaborar el cuadro de antigüedades

Conforme a los artículos 132, fracción XXVIII , y 134, fracción IX , de la LFT, los patrones y los trabajadores están obligados a participar en la integración y en el funcionamiento de las comisiones mixtas que de acuerdo con esa ley deban formarse.

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Por otra parte, con objeto de cumplir con la obligación de calcular la antigüedades tanto de los trabajadores eventuales como de los de planta a su servicio, los patrones deben integrar una comisión para formular el cuadro general de antigüedades, la cual se conformará con igual número de representantes de los trabajadores y del patrón.

La comisión para formular el cuadro general de antigüedades será la encargada de determinar la antigüedad de los trabajadores, la cual se computará a partir de la fecha en que el trabajador haya comenzado a prestar sus servicios al patrón.

La constitución de la comisión se formalizará mediante el acta correspondiente. Al final de este taller se muestra un ejemplo de un acta de integración de la comisión mixta para formular el cuadro de antigüedades, así como de un acta para oficializar la asamblea que aprobará dicho cuadro.

Aspectos por considerar en la elaboración del cuadro de antigüedades

Al momento de elaborar el cuadro de antigüedades se deberán considerar los aspectos siguientes:

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Información que deberá contener el cuadro de antigüedades

La información que deberá contener el cuadro de antigüedades es la siguiente:

1. Fecha de expedición.

2. Datos del patrón, como los siguientes:

a) Razón social.

b) Domicilio.

c) RFC.

d) Registro patronal.

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3. Datos del trabajador, como los siguientes:

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El cuadro de antigüedades deberá ser firmado por los representantes de los trabajadores y del patrón.

Distribución y actualización del cuadro de antigüedades entre los trabajadores

Una vez elaborado dicho cuadro, será distribuido por categorías de cada profesión u oficio; luego, será difun-dido a fin de que los trabajadores conozcan su antigüedad y, en caso de que tengan alguna inconformidad, la presenten a la comisión, o bien, ante la Junta de Conciliación y Arbitraje (JCA).

El cuadro de antigüedades deberá ser actualizado cada año, a fin de que pueda seguir cumpliendo con la finalidad de reconocer los derechos devengados por el trabajador durante el tiempo laborado. También, en términos del artículo 132, fracción VII , de la LFT, los patrones tienen obligación de expedir cada 15 días, a solicitud de los trabajadores, una constancia escrita del número de días...

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