Crisis de la justicia y tutela judicial efectiva.

Revista Letras Jurídicas Núm. 8, Julio 2003

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Crisis de la justicia y tutela judicial efectiva.

Conferencia pronunciada el 19 de junio de 2003 en el Instituto Interuniversitario de Estudios de Iberoamérica y Portugal en el marco de las JORNADAS SOBRE ARBITRAJE Y MEDIACIÓN EN LOS PAÍSES IBEROAMERICANOS .

I

Permítanme que comience mi intervención aludiendo al conocido ensayo de ORTEGA y GASSET Esquema de la crisis para señalar que las reflexiones sobre los conceptos básicos y los elementos fundamentales de la Teoría del Estado no pueden prescindir del contexto de crisis histórica que por distintas razones nos ha tocado vivir. En tiempos de crisis, decía ORTEGA, lo que nos pasa es, precisamente, que no sabemos qué es lo que nos pasa. Es, pues, evidente que la primera condición para poder salir de la crisis es tomar conciencia de ella, de su realidad y de su alcance, evitando realizar diagnósticos simplificadores de una realidad compleja que lo único que hacen es impedir análisis esclarecedores.

Por ello, si consultamos el Diccionario de la Lengua Española de la Real Academia Española encontramos entre otros significados, que por el término CRISIS se entiende: juicio que se hace de una cosa después de haberla examinado cuidadosamente . Y, esto es lo que vamos a hacer: tomaremos el texto de la Constitución Española de 1978, porque es el referente más próximo a quién les habla, analizaremos su articulado, tratando de ver donde aparece reconocida la justicia a lo largo de nuestra norma suprema y una vez aprehendido su significado veremos si los distintos preceptos que a ella aluden se refieren a la misma idea de justicia y si todos sufren la misma crisis y, de ser así veremos qué clase de propuestas podemos ofrecer para intentar superar esa situación.

El término justicia aparece, a nuestro modo de ver, a lo largo de la Constitución en cuatro puntos diferenciados: En el preámbulo y en el Art. 1.1 (en cuanto valor superior del ordenamiento jurídico), en el art. 24 en cuanto garantía institucional elevada al rango de derecho fundamenta...

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