IVA. El representante común de una copropiedad con ingresos por arrendamiento de inmuebles debe cumplir las obligaciones de los copropietarios. Tesis del TFJFA

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El artículo 32, antepenúltimo párrafo, de la Ley del IVA dispone lo siguiente:

32 . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .

Los contribuyentes que tengan en copropiedad una negociación y los integrantes de una sociedad conyugal, designarán representante común previo aviso de tal designación ante las autoridades fiscales, y será éste quien a nombre de los copropietarios o de los consortes, según se trate, cumpla con las obligaciones establecidas en esta Ley.

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Según se observa, en el caso de copropiedad, se indica que los contribuyentes que tengan en copropiedad una negociación designarán representante común previo aviso de tal designación ante las autoridades tributarias, y será él quien a nombre de los copropietarios cumpla con las obligaciones establecidas en la Ley del IVA, entre otras, presentar la declaración informativa de las operaciones realizadas con terceros por cuenta de todos los copropietarios.

En este sentido, algunos contribuyentes consideraron que la disposición citada no era aplicable a los copropietarios que obtienen ingresos por el arrendamiento de inmuebles en copropiedad, pues sólo se refiere a una negociación y, por tanto, sólo aplica a quienes perciben ingresos por actividades empresariales por bienes en copropiedad.

Al efecto, la Tercera Sala Regional Metropolitana del TFJFA emitió una tesis aislada en la que señala que cuando los copropietarios de un inmueble otorgan el uso y goce temporal del bien mediante contrato de arrendamiento a un tercero, considerando que el arrendamiento constituye una negociación, precisamente porque el arrendador obtiene ingresos por ello, es manifiesto que la hoy actora en su calidad de representante común de la negociación (arrendamiento del inmueble), debe cumplir con las obligaciones establecidas en la Ley del IVA a nombre de los copropietarios.

La tesis es la siguiente:

IMPUESTO AL VALOR AGREGADO. OBLIGACION DEL REPRESENTATE COMUN DE LA COPROPIEDAD PARA DECLARAR LA TOTALIDAD DE LOS INGRESOS PROVENIENTES DEL ARRENDAMIENTO DE LA COPROPIEDAD. De conformidad con lo dispuesto en los artículos 1o. fracción III y 32, fracción VIII tercer párrafo de la Ley del Impuesto al...

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