¿El derecho a voto de los socios cooperativistas se determina en función de sus aportaciones a la sociedad cooperativa?

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Soy contador independiente. Uno de mis clientes, que es agricultor, me comentó que integrará una sociedad cooperativa que elaborará diversos productos de amaranto; al respecto, me preguntó si en este tipo de sociedad se otorga el derecho al voto de los socios en función de los bienes y dinero aportados.

Lector de Pachuca, Hidalgo

Pregunta

¿El derecho a voto de los socios cooperativistas se determina en función de sus aportaciones a la sociedad cooperativa?

Respuesta

No, pues en la sociedad cooperativa sólo se reconoce un voto por socio, toda vez que el artículo 11, fracción I, de la Ley General de Sociedades Cooperativas señala lo siguiente (énfasis añadido):

11. En la constitución de las sociedades cooperativas se observará lo siguiente:

I. Se reconoce un voto por socio, independientemente de sus aportaciones;

. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .

Según se observa, en las sociedades cooperativas sólo se reconoce un voto por socio, por lo que para ello no se deben considerar los bienes o el dinero que se haya aportado.

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