Sociedades cooperativas como personas morales con fines no lucrativos

AutorAntonio Luna Guerra
Páginas101-102
REGIMEN LEGAL Y FISCAL SOCIEDADES COOPERATIVAS
101
CAPITULO III
SOCIEDADES COOPERATIVAS COMO PERSONAS
MORALES CON FINES NO LUCRATIVOS
El artículo 95, fracción VII de la LISR señala que las Sociedades
Cooperativas de Consumo se consideran personas morales no
contribuyentes. Además, la fracción VIII y XIII del citado artículo
también considera como tales a los organismos que conforme a la
ley agrupen a las Sociedades Cooperativas, ya sea de productores
o de consumo, y a las Sociedades Cooperativas de ahorro y présta-
mo a que se refiere la Ley de Ahorro y Crédito Popular.
1. INGRESOS
Los ingresos serán aquéllos obtenidos en el período, a excep-
ción de los señalados en el artículo 109 de esta Ley, y aquéllos por
los que se haya pagado el impuesto definitivo.
2. DEDUCCIONES
Las deducciones serán las autorizadas conforme al Título IV de
la LISR.
3. REMANENTE DISTRIBUIBLE
Estas considerarán remanente distribuible, aun cuando no lo ha-
yan entregado en efectivo o en bienes a sus integrantes o socios:
a) El importe de las omisiones de ingresos o las compras no
realizadas e indebidamente registradas;
b) Las erogaciones a los socios que no sean deducibles, salvo
que no sean deducibles como deducción personal de los
socios;
c) Los préstamos que hagan a sus socios o integrantes o a los
cónyuges, ascendientes o descendientes en línea recta de
dichos socios o integrantes, con excepción de aquellos que
sean integrantes de Sociedades Cooperativas de ahorro y
préstamo;

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR