Convenio entre México y Estonia para evitar la doble imposición y prevenir la evasión fiscal en materia de ISR

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El pasado 16 de diciembre, la Secretaría de Relaciones Exteriores (SRE) dio a conocer en el DOF el " Decreto Promulgatorio del Convenio entre los Estados Unidos Mexicanos y la República de Estonia para Evitar la Doble Imposición y Prevenir la Evasión Fiscal en Materia de Impuestos sobre la Renta y su Protocolo, hecho en la Ciudad de México, el diecinueve de octubre de 2012".

En este sentido, los estados contratantes se notificarán entre sí, a través de la vía diplomática, el cumplimiento de los procedimientos referidos por su legislación inter-na para la entrada en vigor del convenio, el cual estará vigente 30 días después de la fecha de la última de estas notificaciones.

Asimismo, las disposiciones del convenio surtirán efecto:

1. Respecto de los impuestos retenidos en la fuente, sobre las rentas pagadas el o a partir del 1o. de enero del año calendario siguiente a aquel en que el convenio entre en vigor.

2. Respecto de otros impuestos sobre la renta, por impuestos a cargo, en cualquier ejercicio fiscal que inicie el o a partir del 1o. de enero del año calendario siguiente a aquel en que entre en vigor el convenio.

El convenio se aplicará a los impuestos sobre la renta exigibles por cada uno de los estados contratantes, cualquiera que sea el sistema de su exacción.

Se consideran impuestos sobre la renta todos los que gravan la totalidad de la renta o cualquier elemento de la misma, incluidos...

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