Convención constitucional. Una propuesta de reforma a las Constituciones locales.

AutorLuís Octavio Vado Grajales
CargoMaestro en Derecho Constitucional y Amparo
Convención constitucional. Una propuesta de reforma a las Constituciones locales.
Luís Octavio Vado Grajales
Maestro en Derecho Constitucional y Amparo. Candidato a Doctor en Derecho por la Universidad
Autónoma de Querétaro, en cuya Facultad de Derecho es Presidente de la Academia de Derecho
Constitucional y docente tanto a nivel licenciatura como posgrado. Secretario Técnico de la
Comisión de Desarrollo Social de la Legislatura Local de Querétaro. Autor de diversos artículos
sobre derecho público y coautor de tres libros en materia de Derecho Constitucional Local y
Medios Alternativos de Justicia.
De unos años a la fecha ha sido un tema recurrente en nuestro país, tanto a nivel federal como en el
ámbito de lo local hablar de Reforma del Estado. Variada ha sido la forma de abordar dicho tema, tanto
en la forma como en el fondo.
En el caso de Querétaro, por lo menos en los dos últimos sexenios se ha hablado de la necesidad de una
Reforma del Estado. Poco se ha definido lo que se entiende por la misma, pero pareciera que se ha vuelto
una costumbre abordarla, o convocar a ella, cada vez que un nuevo gobernador inicia su periodo.
Variados han sido los productos que la misma han generado. En la LIII Legislatura, por ejemplo, se
presentó una propuesta de reforma constitucional bastante amplia, que preveía cuestiones tales como la
acción jurisdiccional por violaciones a la constitución por causa de omisión; establecimiento de diversos
órganos constitucionales autónomos, entre los cuales estaría la Universidad Autónoma de Querétaro a
dicho nivel, además de la limitación de la facultad de los Ayuntamientos para regular los sueldos de sus
titulares, propuesta que probablemente fue la causa del por qué dicha propuesta de reforma fue rechazada
por la mayoría de los cuerpos edilicios, provocando su desechamiento.
En lo personal me tocó participar, como funcionario menor del Poder Judicial, en la Reforma del Estado
convocada en el periodo del Gobernador Ignacio Loyola. Fue una experiencia personalmente provechosa,
en tanto me permitió conocer diversas inquietudes sociales no sólo de los actores políticos de la capital
del Estado, sino también de los habitantes del interior del mismo. Sin embargo, el fin de dicho proceso no
fue una reforma integral de la Constitución local, supuesto que estimo como indispensable para hablar de
una Reforma del Estado.
Al inicio del actual sexenio se volvió a convocar a una Reforma del Estado, en un proceso amplio que,
conducido por el Instituto de Estudios Constitucionales incluyo la participación de representantes de
diversos partidos y expresiones sociales, así como órganos autónomos y los Poderes.
El resultado final de dicho proceso ha sido un documento que, a tres años aproximados de trabajo, está
por presentarse a la Legislatura Local y que, suponemos, será la base de una reforma integral de las
instituciones queretanas.
El tema de reformar al estado, además de confuso, merece un análisis importante desde el ámbito de lo
local. ¿Qué significa para una entidad Reformar al Estado?, ya que la Constitución nacional en mucho
determina las bases del Gobierno y de los derechos de las entidades y sus habitantes. Considero que todo
el que plantea la necesidad y posibilidad de cambiar las estructuras del estado y el gobierno debe expresar
los supuestos políticos y jurídicos de los que parte, antes de proponer específicamente propuestas
concretas.
Así, por un lado, podemos hablar del contenido de dicha reforma. Esto es, plantear si se puede cambiar a
una forma de gobierno semi-presidencial o parlamentaria, si se pueden ampliar no sólo los derechos
humanos sino también los sociales, si se pueden establecer diversos formatos municipales, etc.
Pero, por otro lado, podemos hablar del procedimiento para conseguir dicha reforma. Considero que el
esquema de convocar sexenalmente a mesas de trabajo, simposios y foros es un esquema ya rebasado, que
se ha desgastado por su uso preferentemente coyuntural.
Dicho procedimiento puede realizarse de diversas formas, la que aquí presento es una de las posibles. El
objetivo de este trabajo es presentar a la discusión pública los proyectos de reforma constitucional y de
ley de convención constitucional tal como fueron trabajados por mí en labores de asesor legislativo,

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