Vigencia y aplicación de las constituciones mexicanas de la primera mitad del siglo XIX
Iuris Tantum › Núm. 18, Diciembre 2007 › Estudios varios
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Vigencia y aplicación de las constituciones mexicanas de la primera mitad del siglo XIX
La constitución tiene un carácter político pues es un pacto o acuerdo para regular la vida política y limitar el poder y las funciones de ejecutivo (trátese el ejecutivo de una monarquía o una república) pero, además, la constitución tiene un carácter jurídico, es decir, se trata de "...la norma que determina la suprema competencia del orden jurídico..."1 El valor jurídico de la Constitución radica en el principio de la autodeterminación política comunitaria y el principio de la limitación del poder como rasgos esenciales, contraponiéndose al concepto de poder absoluto. Sin embargo la existencia de una constitución escrita no implica una limitación del poder, sino que en muchos casos viene a institucionalizar el ejercicio del poder político perdiéndose su finalidad originaria de ser limitativa de los poderes o bien sanciona la preeminencia política de ciertos sectores sociales excluyendo a otros. Esto último sucede por ejemplo en México en la constitución de 1836 o en España en la constitución de 1837, en las que el ejercicio político se limita a un grupo. Loewenstein2 considera que se ha desvirtuado el concepto primitivo de constitución por lo cual establece una clasificación de tres categorías o tipos de constituciones: 1.- Las constituciones normativas, que son aquellas efectivamente aplicadas. García de Enterría, al estudiar las constituciones de este tipo considera que no se trata de una norma sino de un poder superior porque definen fuentes formales del derecho, tienen pretensión de permanencia y poseen una preeminencia jerárquica con respecto del resto de los ordenamientos.3 2.- Las constituciones nominales, que son aquellas cuyo proceso político no se adapta a sus normas. Loewenstein considera que este tipo de constituciones se implantó en los países coloniales por la influencia del colonialismo europeo. Es el caso de México en el siglo XIX donde "La política parecía asunto de unos cuantos" que estaban empeñados en "crear ciudadanos (...) dar legitimidad y eficacia a un Estado de derecho, democrático y liberal"4 en contradicción con la r...
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