El juicio de constitucionalidad aplicable a los requisitos de las deducciones en el ISR: el caso del consumo de combustible (Primera parte)

Práctica FiscalNúm. 486, Octubre 2007

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Resumen


Relación entre las deducciones en el ISR, y la garantía de proporcionalidad tributaria.

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Extracto


El juicio de constitucionalidad aplicable a los requisitos de las deducciones en el ISR: el caso del consumo de combustible (Primera parte)

Voto particular formulado por el ministro José Ramón Cossío Díaz, en relación con el amparo en revisión 538/2007, fallado por la Primera Sala de la SCJN, en la sesión del 19 de septiembre de 2007. El autor agradece a Juan Carlos Roa Jacobo su colaboración en la elaboración de este voto.

En el presente voto se expresan las razones por las que se estima que el artículo 31 ,fracción III, párrafo segundo, de la Ley del ISR, es violatorio de garantías al no permitir a los causantes la deducción del consumo de combustibles cuando el pago se realiza en efectivo, lo cual se considera una intromisión no razonable, por parte del legislador tributario, en la cuantificación de la capacidad contributiva -expresada en la utilidad del causante-, limitándose la posibilidad de reducir el ingreso bruto con un gasto necesario e indispensable, como es el combustible.

No comparto el criterio adoptado por la mayoría en el amparo en revisión que se resuelve, en el cual se analizó la constitucionalidad de la fracción III del artículo 31 de la Ley del ISR1 y, específicamente, el requisito consistente en que el consumo de combustible debe ser amparado con cheque nominativo del contribuyente, tarjeta de crédito, de débito o de servicios, o bien, a través de monederos electrónicos -aun cuando el consumo no exceda de dos mil pesos-, afin de que proceda la deducción correspondiente.

Al respecto, estimo que no se justifica la condición a la que se somete el ejercicio del derecho consistente en la deducción del consumo de combustible. En este sentido, la sentencia aprobada mayoritariamente por la Primera Sala de la SCJN sostiene que debe negarse el amparo a la quejosa, y ofrece toda una gama de argumentos -la mayor parte de ellos proveniente de los procesos legislativos que dieron lugar a la norma reclamada-, ninguno de los cuales considero suficiente para avalar la constitucionalidad del precepto.

A fin de desarrollar la posición que sostengo respecto del presente tema, estimo necesario llevar a cabo un planteamiento en torno a la relación entre el texto constitucional y las deducciones en el ISR, para posteriormente abocarme a las razones que en el caso concreto me llevaron a concluir que el...

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