Consideraciones en torno al sector paraestatal (Última parte)

Revista TrilogíaNúm. 7, Agosto 2008

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Resumen


Las entidades paraestatales. - Generalidades. - Organismos Descentralizados. - Empresas de Participación Estatal Mayoritaria. - Fideicomisos Públicos.

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Consideraciones en torno al sector paraestatal (Última parte)

Licenciado en Derecho egresado de la Universidad Contemporánea (Querétaro) y Maestro en Derecho Corporativo egresado de la Universidad Anáhuac (México, extensión Querétaro). Cuenta con diversos diplomados y estudios complementarios. Se ha desempeñado como: NÚÑEZ KAUFMANN & HOBELSBERGER DÍAZ, ABOGADOS (Desde enero de 2005) Derecho Corporativo, Derecho Administrativo, Derecho Inmobiliario, Contratos y Amparo. Director General SECRETARÍA DE LA CONTRALORÍA DEL GOBIERNO DEL ESTADO DE QUERÉTARO Jefe del Departamento de Atención Ciudadana y Quejas (Desde octubre de 2006). Especialista Jurídico (Marzo de 2001 - Octubre de 2006) En cuanto a la práctica docente, ha impartido las cátedras de Derecho Agrario y Seminario de Investigación en universidades privadas. Asimismo, con frecuencia imparte pláticas sobre Derecho Administrativo y Derecho Corporativo.

Dado que en las dos participaciones previas a la presente, se atendieron conceptos, algunos básicos y otros un tanto más complejos, con carácter introductorio al tema cardinal que desde el inicio me propuse compartir, podemos afirmar que se sentaron las bases suficientes para abordarlo, y es en este punto en donde preciso atajarme momentáneamente, para manifestarle a usted, amigo lector, que el meollo del trabajo que tiene frente a sí no es, en lo absoluto, dejar plasmada toda una cátedra sobre la temática esbozada, sino llanamente la de asentar una aproximación a ella, en aras de que propicie el interés por conocer o estudiar más al respecto.

Las entidades paraestatales

Generalidades

En el número inmediato anterior hubo oportunidad de esclarecer, aunque en otras palabras, que en nuestro sistema de derecho constitucional mexicano se establece la figura de la ‘Administración Pública’, misma que para su ejercicio se divide en ‘centralizada’ y ‘paraestatal’. En este sentido, cabe señalar que:

La administración pública es una organización compleja. La definición de su estructura parte en primer término del diseño constitucional de los poderes públicos y su relación: qué función tiene el Ejecutivo, cuáles son sus ámbitos de actuación, qué relación hay con la administración pública, cuáles son las formas de la organización administrativa, qué funciones desempeñan las dependencias y entidades, etc. Éstas son algunas de las cuestiones que debe...

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