¿Se considera no laborable el 5 de junio pasado debido a las elecciones locales verificadas en diversos estados de la República?

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Laboro como auxiliar de nóminas en una empresa cervecera ubicada en Puebla, Puebla. Debido a su actividad, la compañía labora los 365 días del año, por lo que los trabajadores del departamento de producción rolan turnos y tienen un día de descanso entre semana. En este sentido, el pasado 5 de junio hubo elecciones para elegir gobernador del estado y varios de nuestros trabajadores laboraron ese día. Hace dos días, el titular del sindicato al que pertenecen los trabajadores solicitó a la empresa que realizara el pago doble por el día no laborable a los trabajadores que se presentaron el día mencionado, pues argumenta que fue día de descanso obligatorio por tratarse de elecciones locales. Quisiera saber si el pago doble es procedente, ya que la empresa sólo pagó a los trabajadores el día ordinario por ese día de trabajo.

Lector de Puebla, Puebla

¿Se considera no laborable el 5 de junio pasado debido a las elecciones locales verificadas en diversos estados de la República?

Sí, por lo siguiente:

El artículo 74 de la LFT establece como días de descanso obligatorio los siguientes:

1. El 1o. de enero.

2. El primer lunes de febrero, en conmemoración del 5 de febrero.

3. El tercer lunes de marzo, en conmemoración del 21 de marzo.

4. El 1o. de mayo.

5. El 16 de septiembre.

6. El tercer lunes de noviembre, en conmemoración del 20 de noviembre.

7. El 1o. de diciembre de cada seis años, cuando corresponda a la transmisión del Poder Ejecutivo Federal.

8. El 25 de diciembre, y

9. El que determinen las leyes federales y locales electorales, en el caso de elecciones ordinarias, para efectuar la jornada electoral.

Así, de acuerdo con el numeral 9 antes referido, serán días de descanso obligatorio aquellos que determinen las leyes federales y locales electorales.

Al respecto, el artículo 25 de la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales dispone lo siguiente (énfasis añadido):

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25 . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .

1. Las elecciones locales ordinarias en las que se elijan gobernadores, miembros de las legislaturas locales, integrantes de...

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