¿Conoce las principales características y el tratamiento de las relaciones laborales especiales?

Práctica FiscalNúm. 429, Marzo 2006

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Abogados Fiscal

Resumen


Concepto y tipos de relaciones de trabajo. Concepto y generalidades de las relaciones especiales de trabajo. Trabajadores de confianza. Contrato de trabajo. Trabajadores de los buques. Contrato de trabajo. Tripulaciones aeronáuticas. Contrato de trabajo. Trabajo de autotransportes. Contrato de trabajo. Trabajadores del campo. Contrato de trabajo. Agentes de comercio. Contrato de trabajo. Deportistas profesionales. Contrato de trabajo. Trabajo de actores y músicos. Contrato de trabajo. Trabajo a domicilio. Contrato de trabajo. Trabajadores domésticos. Contrato de trabajo. Médicos residentes. Contrato de trabajo. Trabajo en instituciones de educación superior. Contrato de trabajo. Conclusión.

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Extracto


¿Conoce las principales características y el tratamiento de las relaciones laborales especiales?

Con el nombre de trabajos especiales se conocen diversas actividades que dan nacimiento a relaciones que revisten los caracteres fundamentales de la relación de trabajo, pero que presentan algunas características particulares que exigen normas adecuadas para su mejor desenvolvimiento.

La especialidad de estos trabajos no se refiere a la naturaleza jurídica de la relación patrón-trabajador, pues ésta es idéntica a la relación laboral descrita en el artículo 20 de la Ley Federal del Trabajo (LFT), sino a las circunstancias bajo las cuales se desarrolla dicha labor, que genera particularidades en las condiciones y por consecuencia en los derechos y obligaciones de los trabajadores y de los patrones.

Concepto y tipos de relaciones de trabajo

Conforme al artículo 20 de la LFT, se entiende como relación laboral cualquiera que sea el acto que le dé origen, a la prestación de un trabajo personal subordinado a una persona, mediante el pago de un salario.

A su vez, los artículos 35 al 37 de la LFT determinan que las relaciones de trabajo pueden ser para obra, por tiempo determinado o indeterminado. A falta de estipulación expresa, se entenderá que ésta será por tiempo indeterminado.

El señalamiento de una obra de...

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