Confirmaciones externas. Como evidencia de auditoría

AutorBernardo Soto Peñafiel
CargoSocio de Auditoría de BDO-Hernández Marrón y Cía. S.C.
Páginas42-45

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Confirmación externa: Es la evidencia de auditoría que se obtiene como una respuesta escrita directa al auditor de parte de un tercero (la parte confirmante), en papel, medio electrónico u otro.

Los procedimientos de confirmaciones externas normalmente se llevan a cabo para confirmar o solicitar información respecto a saldos de cuentas y sus elementos (tales como: cuentas por cobrar y por pagar, bancos y otros depósitos de terceras partes, pasivos, inversiones, inventarios, garantías, contingentes y operaciones con partes relacionadas), con el objeto de obtener evidencia de auditoría sobre las aseveraciones de los estados financieros. Asimismo, pueden usarse para confirmar los términos de acuerdos, contratos o transacciones entre una entidad y otras partes, o para confirmar la ausencia de ciertas condiciones como convenios separados.

Normatividad actual

El Boletín 3060, Relevancia y confiabilidad de la evidencia de auditoría, de las Normas de Auditoría Generalmente Aceptadas en México (NAGA), menciona que la confiabilidad de la evidencia de auditoría se ve influenciada por la fuente y naturaleza de la misma, además, depende de las circunstancias bajo las que se obtiene. Este boletín, también incluye las siguientes consideraciones aplicables a la evidencia de auditoría:

• La confiabilidad de la evidencia de auditoría se incrementa cuando ésta es obtenida de fuentes independientes reconocidas fuera de la entidad.

• La evidencia de auditoría obtenida directamente por auditor es más confiable que la evidencia de auditoría obtenida indirectamente o por inferencia.

• La evidencia de auditoría en forma documental, ya sea en papel, dispositivo electrónico u otro medio, es más confiable que la evidencia obtenida verbalmente.

En consecuencia, dependiendo de las circunstancias de la auditoría, la evidencia de auditoría en forma de confirmaciones externas que recibe directamente el auditor de las partes confirmantes puede ser más confia-bley aumentar la seguridad que el auditor obtiene de la evidencia existente dentro de los registros contables o de las declaraciones hechas por la administración.

El Boletín 3190, La respuesta del auditor a los riesgos determinados de las NAGA describe la responsabilidad del auditor de planear e ¡mplemen-tar respuestas de auditoría generales para tratar los riesgos evaluados de errores significativos a nivel de estados financieros, y de diseñar y ejecutar procedimientos de auditoría adicionales, cuya naturaleza, oportunidad y alcance se basen en (y respondan a) los riesgos evaluados de errores significativos a nivel de aseveración. Además, requiere que el auditor diseñe y ejecute procedimientos sustantivos para cada clase de transacciones, saldos de cuentas y revelaciones materiales.

El Boletín requiere, también, que el auditor considere si los procedimientos de confirmación externa...

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