Programa de condonación de créditos fiscales. Aspectos que no deben dejar de analizarse (Segunda y última parte)

Práctica FiscalNúm. 459, Enero 2007

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Abogados Fiscal

Resumen


Mediante la Ley de Ingresos de la Federación del ejercicio fiscal de 2007 se implementó uno de los más efectivos programas de condonación de créditos fiscales de los últimos años y que dará lugar a que un amplio número de deudores puedan resolver en forma definitiva sus problemas fiscales; sin embargo, el programa está sujeto a diversas condiciones y requisitos que deben ser analizados detalladamente, a fin de no incurrir en errores y conocer perfectamente sus límites y extensiones. En esta segunda y última parte se hace referencia a aquellas disposiciones legales que fijan los requisitos y las condiciones que deben cumplirse para poder gozar de los beneficios de la condonación.

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Extracto


Programa de condonación de créditos fiscales. Aspectos que no deben dejar de analizarse (Segunda y última parte)

Introducción

Mediante la Ley de Ingresos de la Federación (LIF) para el ejercicio de 2007 se implementó uno de los más efectivos programas de condonación de créditos fiscales de los últimos años y que dará lugar a que un amplio número de deudores pueda resolver en forma definitiva sus problemas tributarios; sin embargo, el programa está sujeto a una serie de condiciones y requisitos que deben ser analizados detalladamente, a fin de no incurrir en errores y conocer perfectamente sus límites y extensiones.

En esta segunda y última parte se hace referencia a aquellas disposiciones legales que establecen los requisitos y las condiciones que deben cumplirse, para poder gozar de los beneficios de la condonación.

Programa de condonación de créditos fiscales (artículo séptimo transitorio de la LIF para 2007)

Créditos fiscales que pueden entrar en el programa

En la primera parte de este trabajo mencionamos los créditos fiscales que pueden entrar en el programa de condonación previsto en el artículo séptimo transitorio de la LIF para 2007. A fin de entender adecuadamente los siguientes puntos del programa, resumimos los créditos que pueden entrar en él:

Contribuciones federales administradas por el Servicio de Administración Tributaria (SAT) o las entidades federativas

Todas las contribuciones federales cuya administración corresponda al SAT, tales como el impuesto sobre la renta (ISR), el impuesto al valor agregado, el impuesto sobre producción y servicios y el impuesto al ...

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