Comercio electrónico en el derecho mexicano

AutorFrancisco Javier Macías Valadez Treviño
Cargo del AutorContador Público Certificado. Profesionista Certificado en Fiscal y en Finanzas. Licenciado en Comercio Internacional
Páginas69-100

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El comercio electrónico es definido por los estudios de la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económicos (OCDE) como el proceso de compra, venta o intercambio de bienes, servicios e información a través de las redes de comunicación que representa una gran variedad de posibilidades para adquirir bienes o servicios ofrecidos por proveedores en diversas partes del mundo. Las compras de artículos y servicios por internet o en línea pueden resultar atractivas por la facilidad para realizarlas.

5. 1 Introducción

Una vez analizado en forma general el panorama internacional de las medidas llevadas a cabo por la OCDE en materia de fiscalización del comercio electrónico, es necesario profundizar sobre la situación actual en México. En 2009 los usuarios de Internet es de aproximadamente 31.5 Millones de usuarios y lo más interesante es la proyección que siente para los años 2010, 2011 y 2012 así como los estimados para 2013, según un estudio realizado por eMarketer estos son los números:

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Año - Usuarios de Internet en México

2010 35.6 millones

2011 39.5 millones

2012 43 millones

2013 50 millones

2014 60 millones aproximadamente

Por lo anterior, las autoridades iscales han venido trabajando arduamente para reformar nuestro ordenamiento jurídico, con la inalidad de ofrecer a los contribuyentes un clima de seguridad jurídica que coadyuve al uso de los medios electrónicos.

El sistema jurídico mexicano se vio rebasado por la tecnología, para regular las diferentes formas de manifestación de la voluntad; con ello se puso de maniiesto la incapacidad de la leyes vigentes hasta el 28 de mayo de 2000, por lo cual diversas reformas al Código Civil Federal, al Código Federal de Procedimientos Civiles, al Código de Comercio y a la Ley Federal de Protección al Consumidor fueron presentadas.

Con estas reformas se pretendió regular, por primera ocasión en nuestro país, el comercio electrónico, para darle valor legal a los actos celebrados por dichos medios, partiendo esencialmente de tres puntos:1

a) Otorgar seguridad jurídica al uso de los medios electrónicos.

b) Facilitar las transacciones por medios electrónicos (eliminación del papel).

c) Lograr la interacción global e integral en los campos que se utilizan los medios electrónicos.

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5. 2 Código Civil

Para adecuar los ordenamientos legales de regulación en materia de comercio electrónico, primero fue necesario llevar a cabo un análisis para determinar el momento en que se perfecciona el contrato. Por ello, para que este tipo de convenios pueda perfeccionarse, se requiere que el oferente maniieste su voluntad y el receptor de la oferta otorgue su aceptación, en forma tácita o expresa2. Una vez dado el consentimiento, nace el contrato.

Para brindar seguridad jurídica a las operaciones realizadas mediante Comercio Electrónico, se dio a conocer en el DOF el 29 de mayo de 2000, las reformas al Código Civil del Distrito Federal. Estas reformas3consistieron en la inclusión de los medios electrónicos, ópticos o cualquier otra tecnología:

Para esclarecer la forma y momento en que debía considerarse perfeccionado el consentimiento entre las partes (manifestación de la voluntad).

Como medios de expresión de oferta y aceptación de forma inmediata (medios de prueba para acreditar la relación jurídico-comercial, así como la forma en que los mismos debían ser valorados).

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5. 3 Código de Comercio

En el Código de Comercio se establece una serie de disposiciones que son aplicables a los comerciantes y a aquellos que realicen actos de comercio.

5.3. 1 Obligaciones en materia de medios electrónicos

La primera referencia al comercio electrónico —para empezar a dejar atrás el papel y, con ello, la evidencia tradicional del concepto “papelito habla”, así como la Firma en sus diferentes concepciones ancestrales de más de cinco siglos hasta el año 2000— se dio en el Código de Comercio.

5.3.1. 1 Reformas informáticas

La reforma del año 2000 propuso una legislación mercantil innovadora y actualizada en temas de informática. La actividad mercantil requiere para su eicaz desarrollo de la conianza que da la certeza. En la actualidad, esto se alcanza con los registros escritos, es decir, con registros tangibles. Con este esquema de consignación de documentos en papel, los conceptos de “original” y “irma” cobran gran importancia, siendo los únicos vehículos para la autenticación de las relaciones comerciales.

El rápido desarrollo de los sistemas informáticos y de comunicación ha llevado a buscar maneras más rápidas para llevar a cabo la actividad comercial. Los medios electrónicos modernos (principalmente Internet y correo electrónico) han logrado acortar las distancias y los plazos de orden y entrega entre los participantes de la actividad comercial, logrando mayor eiciencia en los procesos del ramo, beneiciando a la economía en general.

Por ello, la legislación comercial ha sido rebasada, creándose así barreras u obstáculos, en razón de lagunas legales para el comercio, como es el uso de las consignaciones en papel.

Ante este escenario y para poder realizar transacciones electrónicas se consideró necesario modernizar la ley comercial a in de que al momento de llevar esta actividad, no solamente se contemplen documentos materiales, sino que se contemple como medios jurídicamente válidos los documentos enviados por la vía electrónica.4

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Para esta reforma se tomó la Ley Modelo de la Comisión de las Naciones Unidas para el Derecho Mercantil Internacional (CNUDMI) en Comercio Electrónico como base jurídica y se analizó el contexto, la legislación y la práctica comercial mexicana, para lograr que se adaptara de manera precisa a la realidad nacional. Lo anterior trae como consecuencia que el derecho internacional en materia de comercio electrónico sea compatible con el régimen mexicano de comercio electrónico, permitiendo así mayor seguridad y certeza en las transacciones electrónicas tanto nacionales como internacionales.

En el marco de esta modernización a las leyes comerciales apegadas al comercio electrónico, se logran dos metas:

a) Eliminar los obstáculos existentes para el comercio electrónico, ajustando la práctica comercial con la ley en dicha materia.

b) Incluir los avances y características especíicas relacionadas con el comercio electrónico, como es la posibilidad de acceder a los productos en fotos vía Internet sin necesidad de tener el producto físicamente presente para evaluarlo.

La importancia de estas reformas emana del hecho de que el uso de los medios de comunicación modernos, como lo son el correo electrónico y el Intercambio Electrónico de Datos (EDI, Electronic Data Interchange), se ha difundido con gran rapidez en las operaciones comerciales tanto nacionales como internacionales. Dado que la actividad comercial es vital para la vida de México, es necesaria su constante actualización, por lo que dicha reforma se enfoca en crear un marco jurídico que permita una sana integración y un desarrollo del comercio por la vía electrónica, es decir, haciendo realidad la normatividad. En la actualidad, en México y en la gran mayoría de los países, se está utilizando el EDI para el comercio electrónico B to B (business to business). Un ejemplo de ello es el Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS), que lo utiliza para movimientos ailiatorios (altas, bajas y modiicaciones al salario) con más de 30,000 patrones.

Esta reforma constituye un instrumento para regular ciertos convenios comerciales ijando un mínimo de requisitos o características que deben tener los documentos para ser considerados con pleno valor probatorio. Para lograr

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lo anterior, esta reforma incluyó un título dedicado al comercio electrónico. Los puntos más sobresalientes son los siguientes:

a) Los medios electrónicos, ópticos o de cualquier otra tecnología son reconocidos expresamente como instrumentos para realizar actos de comercio.5

b) Se reairma la coniabilidad de la información emitida por medios electrónicos, con base en el uso de contraseñas, claves y demás sistemas de seguridad,6utilizando redes de valor agregado tales como: VAN y/o AS2, las cuales son el medio por el que circulan todos los documentos EDI y/o...

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