Comentarios a la nueva ley del ISSSTE

Iuris TantumNúm. 18, Diciembre 2007Estudios varios

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Resumen


Introducción. 1. Aspectos críticos de la seguridad social de los trabajadores al servicio del estado.. 2. Modificaciones al art. 3 de la ley del ISSSTE 1984 respecto de los artículos 3, 4 y 5 de la ley del 2007. 3. Servicios sociales.. 4. Riesgos de trabajo. Conclusiones. Bibliografía.

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Comentarios a la nueva ley del ISSSTE

Introducción

Con base en las inquietudes surgidas a partir de la expedición de la Ley de seguridad social de los trabajadores al servicio del estado del 2007, se pretende hacer una primera aproximación de algunos de los cambios que caracterizan al nuevo estatuto mediante la interpretación jurídica y los argumentos que soportan las debilidades o fortalezas del nuevo sistema estudiados a la luz de los principios en lo que se fundamenta la disciplina con el propósito de propiciar el debate académico de un sistema necesario para nuestra sociedades y en el que se cifra grandes expectativas para el futuro.

1. Aspectos críticos de la seguridad social de los trabajadores al servicio del estado

El escenario de la seguridad social de los veinte últimos años del siglo pasado y los años en curso del presente siglo ha planteado problemas estructurales, expresión de una realidad en el contexto de los países latinoamericanos surgido con base en los nuevos cometidos del Estado y en los cambios de conceptos en referencia a cuestiones de carácter social. Una refuncionalización en las relaciones laborales trabajador-patrono y de estos con el Estado han venido impulsando transformaciones que se concretan en asumir nuevas responsabilidades con la aspiración de establecer bases firmes en la construcción de modernos sistemas de seguridad social. En este sentido Chile en la década de los ochenta da lugar a profundas transformaciones al sistema de pensiones estructurado bajo la asunción de la administración en manos de organismos de naturaleza jurídica de orden particular, denominados fondos para el retiro desplazando del Estado la administración del sistema pensional al sector particular.

Dicha transición se apoya en el hecho de fraguar la responsabilidad del trabajador en la forma de configurar el marco financiero, en cuanto técnicamente se individualizan las cuentas posibilitando el ahorro particular que le permitan soportar económicamente la vida del trabajador cuando dejase de tener esta condición y adquiriera el carácter de pensionado, condición que ha venido en detrimento y puesto a consideración tanto en foros nacionales como internacionales señalando que: "en varias áreas de la seguridad social y la prevención social, en lo relativo a las pensiones de jubilación y a la salud, los actuales cuellos de botella financieros hasta ahora apenas han reflejado estos cambios demográficos. Los factores dominantes en estos cuellos de botella han estado, sobre todo, por la parte de los gastos, en unas regulaciones excesivamente generosas y, por el lado de los ingresos, en un menor crecimiento económico y en trastornos estructurales en el mercado laboral..."1

En México se da comienzo a los debates en la déca...

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