Comentarios a la iniciativa de reforma fiscal para 2005
Práctica Fiscal › Núm. 375, Septiembre 2004
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Práctica Fiscal › Núm. 375, Septiembre 2004
Enlazado como:Resumen
Ley del Impuesto al Valor Agregado. Disminución de la tasa. Compensación de saldos a favor. Facultad de las entidades federativas para establecer un impuesto cedular. Ley de los Impuestos a las Ventas y Servicios al Público. Ley del Impuesto sobre la Renta. Disminución de la tasa para el cálculo del ISR de las personas morales. Nuevo concepto que se puede disminuir de la utilidad fiscal del ejercicio. Sociedades en liquidación. Presentación de declaraciones mensuales. Concepto de "costo de lo vendido". Deducción por el consumo de combustible para vehículos automotores. Requisitos en la adquisición de bienes importados. Intereses no deducibles originados por deudas excesivas en empresas. Momento de aplicación de los conceptos no deducibles. Concepto de gastos diferidos. Deducción de maquinaria y equipo para la generación de energía proveniente de fuentes renovables. Personas morales del régimen simplificado que realicen operaciones con partes relacionadas. Se elimina la exención de ingresos de las personas morales del sector primario. Obligación de llevar control de inventarios. Ingresos exentos de las personas físicas. Opción de compra de acciones. Ingresos asimilados a salarios. Nueva mecánica de retención de ISR por sueldos y salarios. Derogación de la aplicación del subsidio acreditable y del crédito al salario. Nuevo procedimiento para el cálculo del ajuste anual de sueldos y salarios. Nuevas obligaciones para las personas que obtengan ingresos por sueldos y salarios. Nuevas obligaciones para las personas que efectúan pagos por sueldos y salarios. Impuesto local pagado. Gasto deducible. Cálculo de los pagos provisionales de ISR de las personas físicas con actividades empresariales y profesionales, así como de arrendamiento. Cálculo de los pagos de ISR de las personas físicas del régimen de pequeños contribuyentes. Pagos provisionales de personas físicas que obtengan "otros ingresos". Cálculo del impuesto anual. Fuente de riqueza en honorarios. Considerar el usufructo como enajenación de acciones. De los regímenes fiscales preferentes y de las empresas multinacionales. Subsidio para el empleo. Subsidio para la nivelación del ingreso. Ley del Impuesto Especial sobre Producción y Servicios. Impuesto en la enajenación de gas licuado de petróleo. Determinación de la tasa para enajenación de gasolinas o diesel. Importaciones exentas del impuesto. Obligaciones. Ley del Impuesto sobre Tenencia o Uso de Vehículos. Concepto de valor total del vehículo. Modificación de tarifas para el cálculo del impuesto. Impuesto en embarcaciones nuevas y usadas. Impuesto en automóviles eléctricos. Actualización de cantidades. Exentos del pago del impuesto. Leyes del Seguro Social e Infonavit. Integración salarial. Tiempo extraordinario. Variables percibidas en noviembre y diciembre de 2004. Repercusiones en las aportaciones al Infonavit. Ley de Ingresos de la Federación. Tasa de recargos para 2005. Ratificación de acuerdos. Condonación de créditos. Estímulos fiscales. Eliminar estímulo a los productores de agave. Facultad a la SHCP para otorgar estímulos fiscales y subsidios. Tasa de retención en el caso de ingresos por intereses. Cigarros populares sin filtro para el IEPS. Informes que deberá presentar el Ejecutivo Federal. Criterios para otorgar estímulos en la Ley de Ingresos de 2005. Actualización de bases de datos entre el INEGI y el SAT. Fecha de entrega del presupuesto de gastos fiscales. Eliminar entrega del informe de los juicios ganados y perdidos. Requisitos que deben cumplir las iniciativas fiscales. Aspectos por considerar para la iniciativa de la Ley de Ingresos de 2004. Artículos transitorios de la Ley de Ingresos de la Federación para 2005. Modificaciones a las tarifas de los impuestos generales a la exportación e importación (segundo transitorio). Creación de un fondo para realizar inversiones en el sector público (quinto transitorio). Beneficios de las autoridades fiscales a ciertos contribuyentes (sexto transitorio). Criterios de Política Económica. Reducción del déficit público. Política de ingresos. Política de gasto público. Crédito público. Deuda externa. Financiamiento a los sectores privado y social. Presupuesto de Egresos de la Federación.
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Extracto
Comentarios a la iniciativa de reforma fiscal para 2005
El pasado 8 de septiembre y en cumplimiento de la reciente reforma al artículo 74 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, el Ejecutivo Federal presentó ante el Congreso de la Unión, el paquete económico para 2005 integrado por los Criterios Generales de Política Económica, el Proyecto de Presupuesto de Egresos de la Federación para 2005 y la Ley de Ingresos de la Federación. Además, también se presentó la Iniciativa de Decreto que Reforma, Adiciona, Deroga y Establece Diversas Disposiciones Fiscales, y se Establecen Subsidios para el Empleoy para la Nivelación del Ingreso, la cual incluye recomendaciones de la Convención Nacional Hacendaria y considera cambios en los rubros siguientes: 1. El impuesto al valor agregado. 2. El impuesto sobre la renta. 3. El impuesto especial sobre producción y servicios. 4. El impuesto sobre tenencia o uso de vehículos. 5. La Ley del Seguro Social. 6. La Ley del Infonavit. Asimismo, se propone una nueva ley denominada Ley de los impuestos a las ventas y servicios al público. De estos documentos, a continuación se comentan los aspectos que consideramos más relevantes para ser tomados en cuenta por las personas interesadas en la materia fiscal. Ley del Impuesto al Valor Agregado Disminución de la tasa La reforma que se propone a la Ley del IVAse centra en la reducción de la tasa de este impuesto, a fin de que la tasa general sea de 12% y la aplicable a los actos o a las actividades que se realicen en la región fronteriza sea de 7%. De aprobarse esta propuesta, aplicaría únicamente para las operaciones que se efectuaran a partir del 1o. de enero de 2005, ya que mediante disposiciones transitorias se precisa que en el caso de actos o actividades gravados que se hubieran realizado con anterioridad a esa fecha y se cobren a partir de la misma, el impuesto se causará a la tasa de 15 o 10%, esta última cuando se trate de actos o actividades efectuados en la región fronteriza. Compensación de saldos a favor Se pretende reformar el artículo 6o. de la Ley del IVA, a fin de incluir como medio para la recuperación de los saldos a favor de este impuesto a la compensación, con lo cual se otorgaría seguridad jurídica a los contribuyentes, ya que actualmente este tipo de compensación está regulada por la regla 2.2.8 de la Resolución Miscelánea Fiscal para 2004-2005, la cual fue publicada con la Tercera Resolución de modificaciones a dicha resolución (DOF 31/VIII/2004). En la propuesta se prevé que este impuesto pueda compensarse contra otros impuestos federales en términos del artículo 23 del CFF, así como la posibilidad de solicitar en devolución los remanentes que resulten después de la compensación, siempre que ésta sea sobre el total del remanente. Facultad de las entidades federativas para establecer un impuesto cedular Se pretende facultar a las entidades federativas para que establezcan un impuesto cedular a las personas físicas que perciban ingresos por la prestación de servicios profesionales, por otorgar el uso o goce temporal de bienes inmuebles, por la enajenación de bienes inmuebles, así como por la realización de actividades empresariales. Las características generales de este impuesto serían las siguientes: 1. La base consideraría los mismos ingresos y las deducciones que se indican en la Ley del ISR para ingresos similares a los que se gravan con el impuesto cedular. 2. La tasa sería de 2 a 5%, y se prevé la facultad de qu...
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