Comentarios a la Cuarta Resolución de modificaciones a la Resolución Miscelánea Fiscal para 2006-2007

Práctica FiscalNúm. 446, Septiembre 2006

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Resumen


Disposiciones generales. Definiciones generales (regla 1.2, primer párrafo con un apartado S; adición). Código Fiscal de la Federación. Domicilio fiscal de las personas físicas (reglas 2.1.25, 2.1.26 y 2.1.28; adición; así como 2.3.19 y 2.3.20; derogación). Constancia de residencia en territorio nacional (reglas 2.1.27; adición; y 2.3.31; derogación). Efectos jurídicos de la CIEC (regla 2.1.29; adición). Supuesto en que los residentes en el extranjero sin establecimiento permanente en el país podrán solicitar la devolución de contribuciones (reglas 2.2.12; adición; y 2.3.10; derogación). Inscripciones y avisos al RFC (reglas 2.3.1.1 a 2.3.1.20, 2.3.2.1 a 2.3.2.19 y 2.3.3.1. a 2.3.3.8; adición; así como reglas 2.3.1 a 2.3.32 y 2.23.1 a 2.23.2; derogación). Facilidad para el desglose de impuestos trasladados en los comprobantes fiscales (regla 2.4.29; adición). Requisitos para imprimir formas fiscales (regla 2.9.14, primer párrafo; modificación). Opción para presentar declaraciones informativas de operaciones con proveedores (reglas 2.9.19, 5.1.21 y 5.1.22; adición). Catálogo de actividades para efectos fiscales (reglas 2.12.8; derogación; y 2.3.3.3; adición). Nuevos lineamientos para la presentación de pagos provisionales y definitivos (reglas 2.14.1, 2.14.2, 2.14.3, 2.15.1, 2.15.2, 2.15.3, 2.16.1, 2.16.2, 2.16.3; modificación; así como 2.14.4, 2.14.5, 2.14.6, 2.15.4, 2.15.5, 2.15.6, 2.16.4; adición). Precisión en el texto de reglas relacionadas con la presentación de pagos provisionales y definitivos (reglas varias). Documentos con los que se podrá acreditar la identidad, domicilio y situación fiscal de las personas (reglas varias). Lineamientos para el pago de los derechos, productos o aprovechamientos (DPA's) a través de ventanilla bancaria (regla 2.26.1, fracción II, segundo párrafo; derogación). Ley del ISR. Informe a la asamblea general ordinaria de accionistas sobre el cumplimiento de obligaciones fiscales (regla 3.6.5; adición). Entero de retenciones de ISR por parte de fideicomisos que otorguen el uso o goce temporal de bienes inmuebles (reglas 3.11.14 y 4.14; adición). Ingresos de las personas físicas por copropiedad o sociedad conyugal (regla 3.11.15; adición). Anexos modificados (artículos segundo y tercero). Vigencia (artículos primero y segundo transitorios).

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Extracto


Comentarios a la Cuarta Resolución de modificaciones a la Resolución Miscelánea Fiscal para 2006-2007

El pasado 28 de agosto, la Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SHCP) dio a conocer en el Diario Oficial de la Federación (DOF), la Cuarta Resolución de modificaciones a la Resolución Miscelánea Fiscal (RMF) para 2006-2007, mediante la cual se efectuaron importantes adiciones, reformas y derogaciones a las reglas de carácter general en materia fiscal, mismas que se comentan a continuación.

Disposiciones generales

Definiciones generales (regla 1.2, primer párrafo con un apartado S; adición)

Se indica que cuando en la RMF se haga referencia a las siglas "CIEC", se deberá entender que se trata de la clave de identificación electrónica confidencial.

Código Fiscal de la Federación

Domicilio fiscal de las personas físicas (reglas 2.1.25, 2.1.26 y 2.1.28; adición; así como 2.3.19 y 2.3.20; derogación)

En el artículo 10, fracción I, del Código Fiscal de la Federación (CFF) se señala qué lugar las personas físicas deberán considerar como domicilio fiscal, en los términos siguientes:

Tipo de persona física

Lugar que deben considerar como domicilio fiscal

1. Personas físicas con actividades empresariales.

El local en que se encuentre el principal asiento de sus negocios.

2. Personas físicas que no realicen actividades empresariales.

El local que utilicen para el desempeño de sus actividades.

3. Personas físicas que no cuenten con un local.

Su casa-habitación.1

Con la adición de la regla 2.1.25 se otorga a las personas físicas que realicen actividades agrícolas, ganaderas, pesqueras o silvícolas, la opción de considerar como domicilio fiscal su casa-habitación, en lugar del local en que se en...

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