Comentarios a la Cuarta Resolución de modificaciones a las Reglas de carácter general en materia de comercio exterior para 2007-2008 (Primera parte)

Práctica FiscalNúm. 493, Enero 2008

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Abogados Fiscal

Resumen


Modificaciones a las RCGMCE para 2007-2008. Definición de conceptos (regla 1.2; reforma y adición). Autorización para no garantizar (regla 1.4.10; reforma). Retorno virtual e importación definitiva de desperdicios (regla 1.5.3; reforma). Regularización de maquinaria o equipo que no cuenten con documentación para acreditar su legal estancia (regla 1.5.4; reforma). Regularización de las mercancías que se indican y que hayan sido robadas (regla 1.5.7; adición). Renovación del registro de despacho de mercancías de empresas (regla 2.1.12; reforma). Casos en que no será obligatorio declarar el RFC completo (regla 2.1.13; adición). Inscripción en el Padrón de importadores y padrón de importadores de sectores específicos (regla 2.2.1; reforma). Casos de suspensión del Padrón de importadores (regla 2.2.4; reforma). Solicitud de autorización para dejar sin efectos la suspensión en el Padrón de importadores (regla 2.2.5; reforma). Registro de empresas transportistas para llevar a cabo el tránsito de mercancías o prestar los servicios de consolidación de carga por vía terrestre (regla 2.2.12; reforma). Medidas que deben adoptar los recintos fiscalizados sobre los equipos que se especifican (regla 2.3.3; reforma). Autorización para que la entrada o salida de mercancías se efectúe por lugar distinto al autorizado (regla 2.4.3; reforma). Solicitud de autorización para introducir o extraer mercancías mediante cables, ductos, tuberías, etc. (regla 2.4.9; reforma). Autorización para efectuar el despacho de embarcaciones o artefactos que por su dimensión, características o calado no puedan ingresar al puerto (regla 2.4.14; adición). Aviso que deberán presentar las empresas autorizadas para introducir o extraer mercancías por lugar distinto al autorizado (regla 2.4.15; adición). Opción para los contribuyentes de importar mercancía que haya causado abandono (regla 2.5.4; reforma). Importación definitiva de los vehículos que se indican (regla 2.6.14; reforma). Aduanas y secciones aduaneras en las que se activará por segunda ocasión el mecanismo de selección automatizado (regla 2.6.15; reforma). Documento que los contribuyentes deben presentar ante la AGA, en términos del artículo 59, fracción III, de la LA (regla 2.6.17; reforma). Franquicia para pasajeros internacionales que arriben por vía terrestre (regla 2.7.2; reforma). Casos en los que los pasajeros podrán importar mercancías sin utilizar los servicios de un agente aduanal (regla 2.7.3; reforma). Operaciones por vía postal (regla 2.7.6; reforma). Empresas que podrán solicitar su inscripción en el Registro de empresas certificadas (regla 2.8.1; adición).

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Extracto


Comentarios a la Cuarta Resolución de modificaciones a las Reglas de carácter general en materia de comercio exterior para 2007-2008 (Primera parte)

El 29 de noviembre pasado se publicó en el DOF la Cuarta Resolución de modificaciones a las Reglas de carácter general en materia de comercio exterior para 2007-2008.

Al respecto, se analizan los principales cambios realizados mediante la cuarta resolución, con la finalidad de que las personas interesadas en la materia aduanera y de comercio exterior tengan conocimiento de las adiciones y reformas que registró dicho ordenamiento.

Dada la amplitud de los cambios, se analizarán sólo las reglas de los capítulos 1.2 a 2.8, y en el próximo número, las reglas de los capítulos 2.9 a 5.1.

Modificaciones a las RCGMCE para 2007-2008

Definición de conceptos (regla 1.2; reforma y adición)

En la regla 1.2 se definen algunos conceptos que se utilizan en la LA, su reglamento o en las RCGMCE; por lo que en la cuarta resolución se modifican los numerales 5 y 6 para definir al Cuaderno ATA (admisión temporal de mercancías), como el documento aduanero internacional válido como declaración en aduana, que permite identificar las mercancías y que incluye una garantía válida internacional para cubrir los derechos y los impuestos al comercio exterior y demás contribuciones y cantidades exigibles para su importación. Además, se adicionan los numerales 37 y 38 para definir algunos conceptos relacionados con...

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