Combustibles para vehículos terrestres, aéreos y marítimos. Requisitos para su deducción en el ISR y el IETU

Práctica FiscalNúm. 526, Diciembre 2008

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Abogados Fiscal

Resumen


Ley del ISR. Generalidades. Opción para deducir los consumos de combustibles mediante pagos en efectivo y otros. Comprobantes para la deducción de los consumos de combustibles. Comprobantes fiscales por la compra de gasolina o diesel. Comprobantes fiscales por la compra de gas natural para combustión automotriz. Comprobantes fiscales por la compra de gas licuado de petróleo. Estado de cuenta original emitido por las personas físicas o morales autorizadas para expedir monederos electrónicos. Ley del IETU. Generalidades. Conclusión.

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Extracto


Combustibles para vehículos terrestres, aéreos y marítimos. Requisitos para su deducción en el ISR y el IETU

Ley del ISR

Generalidades

El artículo 31, fracción III, de la Ley del ISR aplicable a las personas morales del régimen general estipula lo siguiente (énfasis añadido):

31. Las deducciones autorizadas en este Título deberán reunir los siguientes requisitos:

III. Estar amparadas con documentación que reúna los requisitos de las disposiciones fiscales y que los pagos cuyo monto exceda de $2,000.00 se efectúen mediante cheque nominativo del contribuyente, tarjeta de crédito, de débito o de servicios, o a través de los monederos electrónicos que al efecto autorice el Servicio de Administración Tributaria, excepto cuando dichos pagos se hagan por la prestación de un servicio personal subordinado.

Tratándose del consumo de combustibles para vehículos marítimos, aéreos y terrestres, el pago deberá efectuarse...

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