Código Fiscal de la Federación. VII-TASR-CT-4

Páginas338-339
338
REVISTA DEL TRIBUNAL FEDERAL DE JUSTICIA FISCAL Y ADMINISTRATIVA
cia al requisito de motivación que debe contener todo acto administrativo
atento a lo dispuesto en el artículo 16 de la Constitución Política de los
Estados Unidos Mexicanos, en relación con el artículo 38, fracción IV, del
Código Fiscal de la Federación; de lo contrario, la simple afi rmación de la
autoridad se tornaría indebida por excesiva o arbitraria. Así las cosas, si la
autoridad estima actualizado el supuesto de que no fue sufi ciente la infor-
mación proporcionada por el dictaminador, para conocer la situación scal
de la contribuyente, es claro que debe expresar los motivos por los cuales
considera que hubo insufi ciencia, es decir, por qué la información que le
entregó el dictaminador, no le bastó para tener conocimiento de la situación
scal de la empresa, o bien, cuál es la parte que continúa desconociendo de la
situación legal, a pesar de que el profesionista cumplió lo requerido, pues de
no hacerlo, la orden de visita domiciliaria dirigida a una empresa obligada a
dictaminar sus estados nancieros no cumple con un requisito de legalidad.
Juicio Contencioso Administrativo Núm. 971/11-19-01-8.- Resuelto por la
Sala Regional Chiapas-Tabasco del Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Ad-
ministrativa, el 23 de enero de 2012, por mayoría de votos.- Magistrado Ins-
tructor: Luis Alfonso Marín Estrada.- Secretario: Lic. Pablo Soria Cancino.
CÓDIGO FISCAL DE LA FEDERACIÓN
VII-TASR-CT-4
ACTA DE VISITA PARA VERIFICAR LA EXPEDICIÓN DE COM-
PROBANTES FISCALES. CIRCUNSTANCIACIÓN DEL CERCIO-
RAMIENTO DE QUE EL LUGAR ESTABA ABIERTO AL PÚBLICO
EN GENERAL.- La materialización de la facultad de las autoridades fi s-
cales para practicar visitas domiciliarias a los contribuyentes, con el objeto
de verifi car el cumplimiento de sus obligaciones tributarias en materia de
expedición de comprobantes fi scales, derivada de los artículos 42, fracción
V, y 49, fracciones I y IV, del Código Fiscal de la Federación, entraña que
se constituyan en su domicilio fi scal, establecimientos, sucursales, locales,
puestos fi jos y semifi jos en la vía pública, del contribuyente, siempre que se

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR