Código Fiscal de la Federación. VII-TASR-2GO-66

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REVISTA DEL TRIBUNAL FEDERAL DE JUSTICIA FISCAL Y ADMINISTRATIVA
y transcurran más de tres meses, se confi gura una resolución negativa fi cta
que constituye una fi cción jurídica en la que por disposición de la ley, ante
la falta de resolución de la autoridad fi scal, el interesado podrá considerar
que dicha autoridad resolvió negativamente, pues implica la existencia de
una resolución defi nitiva de la autoridad en sentido negativo a la mencionada
solicitud, al constituir una negativa a la devolución solicitada; por ende, el
recurso de revocación es procedente en contra de esa negativa confi gurada
por fi cción legal, ya que se actualiza la hipótesis de procedencia prevista en
el inciso b) de la fracción I del artículo 117 del citado Código.
Juicio Contencioso Administrativo Núm. 240/12-13-02-9.- Resuelto por la
Segunda Sala Regional del Golfo del Tribunal Federal de Justicia Fiscal y
Administrativa, el 21 de mayo de 2012, por mayoría de votos.- Magistrada
Instructora: María del Carmen Ramírez Morales.- Secretaria: Lic. Andrea
Mendoza Díaz.
CÓDIGO FISCAL DE LA FEDERACIÓN
VII-TASR-2GO-66
REGLA I.2.5.2. DE LA RESOLUCIÓN MISCELÁNEA FISCAL PARA
2010. NO EXIME A LA AUTORIDAD DE LAS OBLIGACIONES IM-
PUESTAS POR LOS ARTÍCULOS 22 Y 37 DEL CÓDIGO FISCAL DE
LA FEDERACIÓN.- El hecho de que tal regla señale que el resultado de
la solicitud de devolución efectuada en la declaración del ejercicio, puede
consultarse en la página de internet del Servicio de Administración Tribu-
taria, no menoscaba la obligación que los artículos aludidos le imponen a la
autoridad fi scal de resolver las peticiones que se le formulen y notifi carlas
dentro del plazo de 3 meses conforme al artículo 37 del Código Fiscal de
la Federación; así como la obligación de devolver en el plazo de 40 días, o
requerir datos, informes o documentos adicionales que considere necesarios
y que tengan que ver con la solicitud de devolución dentro de los 20 días
siguientes a la solicitud, o negar parcial o totalmente la devolución expo-
niendo los motivos y fundamentos que tuvo para ello, de conformidad con el

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