Acuerdo 43/2004 del H. Consejo Técnico del IMSS por el que se establecen los lineamientos para la asignación del número patronal de identificación electrónica y certificado digital

AutorJosé Pérez Chavez - Raymundo Fol Olguin
Páginas1073-1078

(Publicado en el Diario Oficial de la Federación el 3 de marzo de 2004)

NUM. PATRONAL ELECT.

El H. Consejo Técnico del Instituto Mexicano del Seguro Social, en la sesión celebrada el día 21 de enero de 2004, dictó el Acuerdo número 43/2004, en los siguientes términos:

"Este Consejo Técnico, con fundamento en los Artículos 251 fracciones VIII, y XXXVII, 263 y 264 fracciones III, XIV y XVII de la Ley del Seguro Social; 31 fracciones III, VII, XIV y XXVII del Reglamento de Organización Interna del Instituto Mexicano del Seguro Social; 5o. y 6o. del Reglamento de la Ley del Seguro Social en Materia de Afiliación, Clasificación de Empresas, Recaudación y Fiscalización, en correlación con lo dispuesto en los Artículos 15, fracciones I, II, III, IV y último párrafo, 286-L, 286-M y 286-N de la invocada Ley, y conforme a la solicitud de las Direcciones de Incorporación y Recaudación del Seguro Social, y de Innovación y Desarrollo Tecnológico contenida en oficio 010 del 9 de enero de 2004, Acuerda: Primero.- Dejar sin efecto el Acuerdo número 390/2003 dictado por este Cuerpo Colegiado el 22 de octubre de 2003. Segundo.- Aprobar los "Lineamientos para la Asignación de Número Patronal de Identificación Electrónica y Certificado Digital", en los términos propuestos por la Dirección General, con las observaciones formuladas por la Comisión Federal de Mejora Regulatoria, lineamientos que se acompañan como Anexo Unico y que forman parte del presente Acuerdo, los cuales entrarán en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación. Tercero.- Instruir a la Dirección Jurídica a efecto de que tramite la publicación del presente Acuerdo y de los lineamientos que mediante el mismo se aprueban, en el Diario Oficial de la Federación."

"Lineamientos para la Asignación de Número Patronal de Identificación Electrónica y Certificado Digital", aprobados por el H. Consejo Técnico en su sesión celebrada el 21 de enero del presente año, al que le recayó el citado Acuerdo 43/2004.

1. Para efectos de los presentes lineamientos se entenderá por:

1.1. Actuaciones Electrónicas: Las notificaciones, citatorios, emplazamientos, requerimientos, solicitudes de informes o documentos y las resoluciones administrativas que emita por Medios Electrónicos el Instituto Mexicano del Seguro Social.

1.2. Acuse de Recibo Electrónico: La constancia electrónica no repudiable que emite y almacena el Instituto Mexicano del Seguro Social a través de un Sistema de Identificación Electrónica de Tecnología Criptográfica, para acreditar la fecha y hora de recepción de una promoción o solicitud enviada por un particular a través de medios magnéticos, digitales, electrónicos, ópticos, magneto ópticos o de cualquier otra naturaleza, misma que servirá como medio de prueba en caso de controversia.

1.3. Certificación del Medio de Identificación Electrónica: EI proceso mediante el cual se emite un Certificado Digital para establecer la identificación electrónica del patrón o sujeto obligado, que le permitirá generar su Firma Electrónica.

1.4. Certificado Digital: Todo Mensaje de Datos u otro registro que confirme el vínculo entre un Firmante y los datos de creación de Firma Electrónica.

1.5. Clave de Acceso: A la serie de caracteres alfanuméricos que sirven para identificar a un usuario en el proceso de acceso a los sistemas electrónicos.

1.6. Contraseña: A la serie de caracteres no difundible generada por el usuario que en combinación con la Clave de Acceso sirve para validar la entrada a los sistemas electrónicos.

1.7. Datos de Creación de Firma Electrónica: Son los datos únicos, como códigos o claves criptográficas privadas, que el Firmante genera de manera secreta y utiliza para crear su Firma Electrónica, a fin de lograr el vínculo entre dicha Firma Electrónica y el Firmante.

1.8. Encripción: La acción que permite mediante técnicas matemáticas cifrar o codificar un mensaje de datos para proteger su confidencialidad y que vinculada al uso de la firma electrónica, garantiza la autenticidad e integridad de un documento.

1.9. Firma Electrónica Avanzada: Los datos en forma electrónica consignados en un Mensaje de Datos, o adjuntados o lógicamente asociados al mismo por cualquier tecnología, que son utilizados para identificar al firmante en...

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