Clasificación en el seguro de riesgos de trabajo. Principales aspectos
Páginas | 12-18 |
Page 12
El artículo 15, fracción I, de la LSS, establece como obligación para los patrones registrarse e inscribir a los trabajadores a su cargo ante el IMSS.
Asimismo, el patrón, al inscribirse en el IMSS, deberá autoclasificarse en el seguro de riesgos de trabajo para efectos de la determinación y pago de la prima en el seguro de riesgos de trabajo; igualmente, se deberá autoclasificar cuando cambie de actividades.
Dada la importancia de la clasificación patronal en el seguro de riesgos de trabajo, en esta ocasión comentamos los principales aspectos por considerar al realizarla, a fin de que los patrones conozcan las reglas aplicables en la clasificación y con ello eviten una rectificación en su prima de riesgos.
Para el pago del seguro de riesgos de trabajo
Las prestaciones del seguro de riesgos de trabajo, inclusive los capitales constitutivos de las rentas líquidas al fin de año y los gastos administrativos, serán cubiertos íntegramente por las cuotas que para este efecto aporten los patrones y demás sujetos obligados al seguro de riesgos de trabajo.
Por tanto, las cuotas que por el seguro de riesgos de trabajo deban pagar los patrones se determinarán en relación con la cuantía del salario base de cotización y con la prima correspondiente por los riesgos inherentes a la actividad de la empresa.
Para evitar rectificaciones por partre del IMSS
Si por alguna razón el patrón no manifiesta la clase y la fracción en que debe quedar ubicado, el IMSS clasificará de oficio al patrón con base en la información que proporcione o, en su caso, realizará una visita domiciliaria para determinarla con precisión. El resultado será notificado por el IMSS (artículo 23 del Racerf).
Por tanto, es conveniente que se tenga cuidado de clasificarse adecuadamente para evitar clasificaciones de oficio o correcciones por parte del IMSS que representen un costo alto por el pago de diferencias en la prima de riesgo, más los respectivos recargos y la actualización que correspondan.
Clasificación de los patrones en el seguro de riesgos de trabajo
De acuerdo con el artículo 18 del Racerf, deberán auto-clasificarse para efectos de la determinación y el pago de la prima de seguro de riesgos de trabajo, conforme al "catálogo de actividades" establecido en el artículo 196 del Racerf, las empresas que se encuentren en los supuestos siguientes:
[VER PDF ADJUNTO]
Page 13
Catálogo de actividades para la clasificación de las empresas en el seguro de riesgos de trabajo
El catálogo de actividades cuenta con nueve divisiones, 62 grupos y 276 fracciones que abarcan en general todas las actividades.
A continuación se muestra sólo la estructura divisional y de grupo del catálogo de actividades a que se refiere el artículo 196 del Racerf:
División | Grupo |
0 Agricultura, ganadería, silvicultura, pesca y caza | 01 Agricultura 02 Ganadería 03 Silvicultura 04 Pesca 05 Caza |
1 Industrias extractivas |
11 Extracción y beneficio de carbón mineral, grafito y minerales no metálicos; excepto sal 12 Exploración y extracción de petróleo crudo y gas natural 13 Extracción y beneficio de minerales metálicos 14 Explotación de sal |
2 y 3 Industrias de transformación elaboración de alimentos |
20 Elaboración de alimentos 21 Elaboración de bebidas 22 Beneficio y/o fabricación de productos de tabaco 23 Industria textil 24 Confección de prendas de vestir y otros artículos a base de textiles y materiales diversos; excepto calzado 25 Fabricación de calzado e industria del cuero 26 Industria y productos de madera y corcho; excepto muebles 27 Fabricación y/o reparación de muebles de madera y sus partes; excepto los de metal y de plástico moldeado 28 Industria del papel 29 Industrias editorial, de impresión y conexas 30 Industria química 31 Refinación del petróleo y derivados del carbón mineral 32 Fabricación de productos de hule y plástico 33 Fabricación de productos de minerales no metálicos; excepto del petróleo y del carbón mineral 34 Industrias metálicas básicas 35 Fabricación de productos metálicos; excepto maquinaria y equipo 36 Fabricación, ensamble y/o reparación de maquinaria, equipo y sus partes; excepto los eléctricos 37 Fabricación y/o ensamble de maquinaria, equipos, aparatos, accesorios y artículos eléctricos, electrónicos y sus partes 38 Construcción, reconstrucción y ensamble de equipo de transporte y sus partes 39 Otras industrias manufactureras |
4 Industria de la construcción | 41 Construcción de edificaciones y de obras de ingeniería civil 42 Trabajos realizados por contratistas especializados |
5 Industria eléctrica y captación y suministro de agua potable | 50 Generación, transmisión y distribución de energía eléctrica 51 Captación y suministro de agua potable y tratada |
6 Comercio 61 Compraventa de alimentos, bebidas y productos del tabaco |
62 Compraventa de prendas de vestir y otros artículos de uso personal 63 Compraventa de artículos para el hogar 64 Compraventa en tiendas de autoservicio y de departamentos especializados por línea de mercancías 65 Compraventa de gases, combustibles y lubricantes 66 Compraventa de materias primas, materiales y auxiliares |
Page 14
División | Grupo |
67 Compraventa de maquinaria, equipo, instrumentos, aparatos, herramientas; sus refacciones y accesorios 68 Compraventa de equipo de transporte; sus refacciones y accesorios 69 Compraventa de inmuebles y artículos diversos |
|
7 Transportes y comunicaciones |
71 Transporte terrestre 72 Transporte por agua 73 Transporte aéreo 74 Servicios conexos al transporte 75 Servicios relacionados con el transporte en general 76 Comunicaciones |
8 Servicios para empresas, personas y el hogar | 81 Servicios financieros y de seguros (bancos, financieras, |
Para continuar leyendo
Solicita tu prueba