Clasificación de los contratos

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En la vida cotidiana existe una gran variedad de contratos que se consideran de uso común, algunos de ellos son los que se mencionan a continuación:

Contrato laboral

El contrato laboral es aquel por virtud del cual una persona se obliga a prestar a otra un trabajo personal subordinado, mediante el pago de un salario. Este tipo de contratos se rigen por las disposiciones establecidas en la LFT.

Contrato mercantil

Un contrato mercantil es un acuerdo que tiene carácter comercial, y debe celebrarse entre dos o más personas, derivándose de él uno o más derechos u obligaciones.

Para que un contrato sea calificado de mercantil debe versar sobre los actos de comercio clasificados en el artículo 75 del Código de Comercio, siendo las disposiciones previstas en esta legislación las aplicables a los contratos mercantiles.

Contrato civil

De acuerdo con el artículo 1792 del Código Civil Federal (CCF), el convenio es el acuerdo de dos o más personas para crear, transferir, modificar o extinguir obligaciones.

Asimismo, los convenios que producen o transfieren obligaciones y derechos toman el nombre de contratos, ello según el artículo 1793 del CCF.

Así, puede definirse al contrato civil, como el acto jurídico en virtud del cual una o varias personas consienten en obligarse respecto de otra u otras, a dar alguna cosa o prestar un servicio.

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