Crédito fiscal por ciertas pérdidas fiscales generadas de 2005 a 2007, pendientes de disminuir a partir del ejercicio de 2008

Manual de casos prácticos del Impuesto empresarial de tasa única (IETU)Régimen de transición al IETU (2009)

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Crédito fiscal por ciertas pérdidas fiscales, acreditable contra el impuesto del ejercicio de 2009. Caso 1. Crédito fiscal por ciertas pérdidas fiscales, acreditable contra los pagos provisionales del ejercicio de 2009. Caso 1.

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Crédito fiscal por ciertas pérdidas fiscales generadas de 2005 a 2007, pendientes de disminuir a partir del ejercicio de 2008

Crédito fiscal por ciertas pérdidas fiscales, acreditable contra el impuesto del ejercicio de 2009

De acuerdo con el artículo segundo del Decreto por el que se otorgan diversos beneficios fiscales en materia de los impuestos sobre la renta y empresarial a tasa única (DOF 5/XI/2007), modificado en el DOF del 27/II/2008, los contribuyentes obligados al pago del IETU, podrán aplicar un crédito fiscal contra el IETU de los ejercicios de 2008 a 2017, y de los pagos provisionales del IETU de los mismos ejercicios, por las pérdidas fiscales que tenían pendientes de disminuir a partir del ejercicio de 2008 para los efectos del ISR, generadas de 2005 a 2007, derivadas de:

* La aplicación de la deducción inmediata de la inversión de bienes nuevos de activo fijo (artículo 220 de la LISR o Decreto del 20/VI/2003).

* La deducción total de inversiones efectivamente erogadas, en el ejercicio, efectuada por las personas físicas que tributan en el régimen intermedio a las actividades empresariales (artículo 136 de la LISR).

* La deducción de terrenos, efectuada en el ejercicio de su adquisición (artículo 225 de la LISR).

E...

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