Cierre de Sueldos y Salarios 2009

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Tips Fiscales
ACTUALIDAD฀FISCAL
Cierre฀de฀Sueldos฀y
Salarios฀2009
El rubro de sueldos y salarios representa una de las
principales erogaciones para las empresas, razón por
la cual se requiere que todos lo aspectos inherentes al
mismo se manejen de manera adecuada. En materia
de contribuciones, el correcto tratamiento de los suel-
dos y salarios es indispensable para que la empresa
cumpla diversas obligaciones scales, establecidas en
diversas leyes tales como la del ISR, IETU, Seguro So-
cial, Códigos Financieros Locales, etc.
Es por ello que, con la aproximación del n de año, es
necesario prepararnos en diversos aspectos que nos
permitan concluir de manera satisfactoria el ejercicio.
Uno de los aspectos a cuidar por la importancia que re-
presenta para diversas personas afectadas en su pro-
ceso, es el relativo al cierre de sueldos y salarios. Por
ello, en este artículo abordaremos lo relativo al mismo,
a n de prever con la suciente anticipación todos los
aspectos necesarios para su exitosa conclusión.
Este cierre es de particular interés para el área de re-
cursos humanos y, en general, para cualquier área en-
cargada del pago de la nómina, ya que se acerca el
pago de prestaciones tales como el aguinaldo o gra-
ticaciones anuales, cálculo de impuestos anuales,
presentación de declaraciones de diversos tipos, etc.,
por lo cual, una actitud previsora nos llevará a la pre-
paración de información y actividades para disminuir el
tiempo de ejecución y realizar el trabajo de la manera
más óptima posible.
Es en estas fechas cuando debemos comenzar a alle-
garnos toda la información mínima indispensable para
llevar a cabo este trabajo: expedientes de la plantilla de
trabajadores que incluya altas, bajas, modicaciones
salariales, otorgamiento de permisos, incapacidades,
cartas recabadas de los trabajadores, memorándums
elaborados por la empresa, constancias expedidas, cé-
dulas de cálculo, hojas de trabajo y, en general, todo
tipo de papel de trabajo y documentación relacionado
con el pago de salarios y sus prestaciones.
1.฀Calendarización
El primer paso para cualquier trabajo debe ser la elabo-
ración de un calendario y el tema que nos ocupa no es
la excepción, por lo que a continuación mostramos uno
que hemos preparado y clasicado conforme al orden
cronológico en que se deben ir cumpliendo las obliga-
ciones de los contribuyentes.
Concepto Cumplió Observaciones
(dd/mm/aa)
Recomendaciones generales
Relación de pendientes:
Prepararla oportunamente.
Revisar las probables fechas de pago de las remuneraciones:
De acuerdo con las políticas de la empresa.
Calendarización de eventos:
Estableciendo fechas precisas para cumplir con las tareas.
Consultar las disposiciones legales y aplicaciones electrónicas.
Precisar casos especiales o fuera de lo común.
Entrega del fondo o caja de ahorro:
Planear el inicio del nuevo ciclo, ajustando las aportaciones y descuentos a los límites
señalados por los ARTS-97 y 110 de la Ley Federal del Trabajo (LFT).
Noviembre 2009
Solicitar a los trabajadores que vayan a presentar su declaración anual del ejercicio,
comunicación por escrito en el que conrmen tal decisión.
Realizar una preselección de los trabajadores a los que por otras razones, no se les deberá
efectuar el cálculo anual del ISR, por ejemplo: aquellos con ingresos anuales superiores a
$400,000.00.
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ACTUALIDAD฀FISCAL
Concepto Cumplió Observaciones
(dd/mm/aa)
Recomendaciones generales
Diciembre 2009
Establecer una fecha de corte para incidencias laborales, las posteriores a la misma se
descontarán o pagarán en el primer pago de salarios del mes de enero de 2010.
Calcular el aguinaldo y cualquier otra prestación a pagar durante el mes.
El aguinaldo deberá pagarse antes del día 20 de diciembre
El aguinaldo anual será equivalente a 15 días de salario, por lo menos.
Los trabajadores que no hayan cumplido el año de servicios tienen derecho al pago
proporcional del aguinaldo conforme al tiempo que hayan trabajado.
Revisar la relación de los trabajadores a los que no se les efectuará el cálculo anual de ISR,
para posteriormente preparar su constancia.
Poner al día los auxiliares por trabajador, para determinar la base gravable, detallando por
concepto:
Ingresos totales anuales.
Suma de exenciones anuales.
Total del Subsidio para el Empleo (SPE) mensual que le correspondió al trabajador
durante el ejercicio (Decreto de Subsidio para el Empleo).
Total anual de las retenciones efectuadas de ISR.
Total del SPE mensual entregado en efectivo durante el ejercicio.
Cualquier otro dato necesario (como fecha de alta, baja, constancia del patrón anterior,
etc.).
Determinar la previsión social deducible y, en su caso, no deducible:
ARTS-31-F-XII LISR, 40 a 43-A RISR. (Tener presente la sentencia de inconstitucionalidad
de 2006).
Determinar la previsión social anual exenta por trabajador. (Límites de 7 SMGAGC y 1
SMGAGC, PUP y UP ART-109 LISR).
Determinar en su caso el ingreso acumulable por trabajador cuando las prestaciones de
previsión social otorgadas excedan de los l ímites exentos establecidos en el PUP ART-109
LISR. (ART-135-A RISR).
Precisar el total de los viáticos erogados por trabajador, diferenciando el monto comprobado
del que no y su manejo.
Obtener la tarifa anual de ISR, actualizada, para realizar el cálculo anual del ISR de salarios
(ART-177 LISR).
Realizar el cálculo anual del ISR, determinando:
Saldos a cargo o a favor de ISR, iniciando la compensación en el mismo mes de ser
posible (PFO-5-ART-116-LISR).
Recordar que los saldos a favor de un trabajador compensados contra las cantidades
retenidas a otro trabajador, es procedente siempre que se trate de trabajadores no
obligados a presentar declaración anual (PFO-6-ART-116-LISR y ART-150-RISR).
Tomar en cuenta que cuando la compensación de los saldos a favor de un trabajador
sólo se efectúe en forma parcial y el trabajador solicite la devolución correspondiente, el
patrón deberá señalar la compensación respectiva en la constancia de remuneraciones
cubiertas y retenciones efectuadas (PFO-7-ART-116-LISR y ART-150-RISR).
Enero 2010
Abrir los auxiliares para el año que inicia.
Solicitar a los trabajadores que conrmen por escrito, si hay o no otro empleador que les esté
aplicando el subsidio para el empleo para, en su caso, no duplicarlo.
Compensar y controlar saldos a favor contra retenciones, producto del cálculo del impuesto
anual.

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