Procedimiento para obtener las pensiones por cesantía en edad avanzada o por vejez, con los regímenes de la LSS de 1973 y el vigente a partir de julio de 1997 Marco teórico

Práctica FiscalNúm. 423, Enero 2006

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Abogados Fiscal

Resumen


Disposiciones generales para los dos regímenes. Beneficios al obtener una pensión por cesantía en edad avanzada o por vejez. Momento en que se adquiere el derecho a la pensión. Procedimiento para obtener las pensiones por cesantía en edad avanzada y por vejez con el régimen anterior. Retiro de recursos de la subcuenta de retiro al optar por la pensión con el régimen anterior. Suspensión de la pensión. Pensiones por cesantía en edad avanzada y por vejez con el régimen actual. Procedimiento para obtener una pensión. Situaciones especiales en caso de no cumplir con los requisitos para acceder a una pensión. Pensión mínima garantizada. Obligaciones de la Afore y del IMSS. Suspensión de las pensiones. Conclusión. Caso práctico.

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Extracto


Procedimiento para obtener las pensiones por cesantía en edad avanzada o por vejez, con los regímenes de la LSS de 1973 y el vigente a partir de julio de 1997 Marco teórico

En términos del artículo 2o. de la Ley del Seguro Social (LSS), la seguridad social tiene como objeto garantizar el derecho a la salud, la asistencia médica, la protección de los medios de subsistencia y los servicios sociales necesarios para el bienestar individual y colectivo, así también tiene como fin otorgar una pensión por cesantía o vejez, previo cumplimiento de los requisitos legales, misma que será garantizada por el Estado.

Para tener acceso al derecho de pensión, la LSS dispone ciertos requisitos de semanas cotizadas y edad, pero cabe recordar que el ramo de seguro de retiro, cesantía en edad avanzada y vejez, apareció luego de las modificaciones a la LSS en 1997, siendo producto del anterior seguro llamado de invalidez, vejez, cesantía en edad avanzada y muerte (IVCM).

Al respecto, al cambiar la denominación de éste, los requisitos para tener acceso al derecho de pensión por cesantía en edad avanzada y vejez se modificaron, para quedar como sigue:

[ VEA LA TABLA EN EL PDF ADJUNTO ]

Considerando que muchos trabajadores empezaron a laborar antes de la entrada en vigor de la nueva LSS, el artículo tercero transitorio del decreto de la LSS, publicado en el Diario Oficial de la Federación (DOF) del 21 de diciembre de 1995, en vigor a partir del 1o. de julio de 1997, señala que los asegurados inscritos con anterioridad a la fecha de entrada en vigor de la nueva ley, al cumplirse los supuestos legales para disfrutar cualquiera de las pensiones, podrán decidir sobre las opciones siguientes:...

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