Casos en los que procede el pago proporcional de la prima de antigüedad
Práctica Fiscal › Núm. 436, Junio 2006
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La prima de antigüedad es un derecho que los trabajadores van adquiriendo por su permanencia en un centro de trabajo y asciende a doce días por cada año de servicios. Al respecto, el artículo 162 de la Ley Federal del Trabajo establece las normas para su pago.
Conozca los cuatro casos en los cuales se puede pagar esta prestación; igualmente, se incluyen varias jurisprudencias en las que se señala que la misma puede pagarse de manera proporcional al tiempo trabajado.Ver el contenido completo de este documento
Extracto
Casos en los que procede el pago proporcional de la prima de antigüedad
En términos del artículo 162 de la Ley Federal del Trabajo (LFT), el pago de la prima de antigüedad es un derecho que corresponde sólo a los trabajadores de planta, entendiéndose como tales aquellos subordinados que fueron contratados por tiempo indeterminado. Sin embargo, en la fracción III del mismo precepto, después del punto y seguido, se establece lo si...
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