Caso práctico de finiquito y prima de antigüedad

AutorJosé Pérez Chavez - Raymundo Fol Olguin
Páginas1099-1103

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CASO PRACTICO 1

Determinación del monto de finiquito y prima de antigüedad correspondiente a un trabajador por renuncia voluntaria.

PLANTEAMIENTO

La compañía "Fábrica de dulces y chocolates, SA de CV" desea conocer el monto al que tendrá derecho un trabajador de 15 años de anti-güdad por concepto de finiquito (prestaciones devengadas) y prima de antigüedad. El subordinado renunció de manera voluntaria.

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DESARROLLO

2. Determinación de las prestaciones devengadas en el último año de servicios (finiquito).

a) Determinación de la parte proporcional de aguinaldo devengada del 1o. de enero de 2015 a la fecha de renuncia (10 de abril de 2015).

Nota:

1. Para calcular el monto de aguinaldo correspondiente al trabajador, sólo se consideran los días laborados en el año de separación (2015), puesto que los días devengados del año anterior (2014), ya fueron pagados en ese año (antes del 20 de diciembre), según lo señala el artículo 87 de la LFT.

b) Cálculo de la parte proporcional de vacaciones devengada a la fecha de renuncia.

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Nota:

1. Para calcular el importe proporcional de vacaciones que le corresponden al trabajador se consideraron sólo los días laborados del 16 de enero al 10 de abril de 2015, debido a que los días correspondientes a lafecha de aniversario (15 de enero de 2015) ya fueron disfrutados.

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3. Determinación del monto de la prima de antigüedad que le corresponde al trabajador.

a) Cálculo del salario base para el cálculo de la prima de antigüedad:

Nota:

1. En términos del artículo 162, fracción II, de la LFT, la prima de antigüedad se calculará tomando como base el salario establecido en los artículos 485 y 486 de la propia ley; es decir, se considerará como máximo el doble del salario mínimo general vigente en el área geográfica para 2015 ($70.00 x 2 = $140.00).

b) Determinación de la prima de antigüedad por los años completos de servicios prestados.

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COMENTARIO

Se muestra el procedimiento a seguir para calcular el finiquito de las prestaciones a que tiene derecho el trabajador durante el último año de servicios.

Por tratarse de un trabajador con antigüedad mayor a 15 años de servicios, en términos del artículo 162, fracción III de la LFT le corresponde el pago de la prima calculada sobre el doble del salario mínimo general vigente en el área geográfica que corresponda, en este caso la zona "A".

FUNDAMENTO

Artículos...

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