Caso práctico. Determinación del resultado fiscal del ejercicio de 2014

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Planteamiento

Se desea determinar el resultado fiscal del ejercicio de 2014 de una persona moral que tributa en el régimen general de la Ley del ISR y que en ese ejercicio efectuó el pago de la PTU correspondiente al ejercicio de 2013.

Datos

* Ingresos acumulables $56’597,591

* Deducciones autorizadas $26’139,016

* PTU del ejercicio 2013, pagada en 2014 $416,930

* Pérdidas fiscales de ejercicios anteriores pendientes de aplicar, actualizadas $1’296,213

Desarrollo

Determinación del resultado fiscal del ejercicio de 2014.

Ingresos acumulables $56’597,591

(-) Deducciones autorizadas 26’139,016

(-) PTU del ejercicio 2013, pagada en 2014 416,930

(=) Utilidad fiscal 30’041,645

(-) Pérdidas fiscales de ejercicios anteriores pendientes de aplicar, actualizadas 1’296,213

(=) Resultado fiscal del ejercicio de 2014 $28’745,432

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Comentario

La Ley del ISR no permite que se deduzcan las cantidades que tengan el carácter de participación en la utilidad del contribuyente o estén condicionadas a la obtención de la misma; sin embargo, para la deter-minación del resultado fiscal se puede disminuir la PTU pagada en el ejercicio.

Es de mencionar que conforme al Reglamento de la Ley del ISR, si la PTU pagada en el ejercicio es mayor a la utilidad fiscal determinada en ese ejercicio, la diferencia se considerará una pérdida fiscal; igualmente, cuando los ingresos acumulables sean menores a las deducciones autorizadas, la diferencia se considerará pérdida fiscal, la cual se incrementará con el monto de la PTU pagada en el mismo ejercicio.

Fundamento

Artículos 9o., 28, fracción XXVI, y 57 de la Ley del ISR, así como 12-A de su reglamento.

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