La carta de los derechos fundamentales de la Union Europea y la funcion de los operadores publicos
Revista Letras Jurídicas › Núm. 5, Enero 2002
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La carta de los derechos fundamentales de la Union Europea y la funcion de los operadores publicos
- I -
La protección de los derechos fundamentales constituye un elemento esencial de cualquier ordenamiento jurídico y las cuestiones que afectan al régimen de esa protección adquieren una gran importancia no sólo jurídica sino también política. Por todo ello, en el seno de la Unión Europea comenzó a discutirse la posibilidad de adoptar un catálogo propio de derechos en la década de los años setenta, a raíz de la jurisprudencia comunitaria sobre el tema y de la rebelión de los Tribunales Constitucionales. Se trataba de paliar el tópico "déficit democrático" de las Comunidades Europea obteniendo una mayor seguridad en la protección de los derechos fundamentales y con ello además se otorgaría una mayor legitimidad a la actuación comunitaria. Todos los intentos realizados con dicho objetivo fracasaron incluso con el Tratado de Amsterdam, que modificó el Tratado de la Unión Europea de Maastricht de 1992 y que fue adoptado por los Estados miembros el 2 de octubre de 1997, entrando en vigor el 1 de mayo de 1999. Este Tratado rechazó la posibilidad de incluir un catálogo de derechos y así en el momento de su entrada en vigor los derechos fundamentales y su protección seguían dependiendo del régimen pretoriano utilizado por el Tribunal de Justicia de la Comunidad Europea, el cual aplica en sus actuaciones los principios generales de...Ver el contenido completo de este documento
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