Carlos Soto Morales: 'Muchas sentencias mexicanas son imposibles de leer

AutorLuis Arturo Pelayo
Páginas46-50

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¿A qué factores atribuye la notoriedad que cobró su reciente sentencia al resolver el juicio de amparo 1/2015?

Realmente me sorprendió la difusión que se dio a la sentencia, pues anteriormente ya habían emitido algunas notas informativas a los medios de comunicación, por conducto del Consejo de la Judicatura Federal, sin que tuvieran tanta difusión como la que dieron al caso del que platicamos, Me parece que cuando una resolución judicial tiene amplia cobertura periodística obedece a dos razones: la primera, que el tema a debatir es interesante por sí mismo, Recordemos, por ejemplo, los asuntos en los que la Corte ha analizado la constitu-cionalidad del matrimonio igualitario; en este supuesto, el tema resulta interesante, sin importar quién haya promovido el juicio correspondiente. En otros casos, la relevancia del fallo dependerá de las partes involucradas, como sería el juicio de divorcio de algún artista. En la sentencia que dicté se conjugaron ambas, es decir, un tema interesante para la sociedad en general, pues a fin de cuentas muchas de las personas que leyeron esta noticia son padres de familia y están interesados en la salud de sus hijos, así como la notoriedad de la marca que promovió el amparo,

¿Qué ventajas o desventajas encuentra en la difusión que se hace de las sentencias a través de los medios informativos?

Quienes formamos parte del Estado, en cualquiera de sus ramas o niveles, tenemos múltiples obligaciones con la ciudadanía: una de ellas es actuar de manera transparente, a efecto de que la sociedad conozca y evalúe nuestro desempeño. Se dice que los jueces hablamos a través de nuestras sentencias, lo cual es correcto, pero ¿cómo hacer oír esa voz si los fallos no trascienden más allá del expediente? En ese sentido, es importantísima la labor de los medios de comunicación al dar a conocer al público en general una decisión judicial.

La transparencia judicial, además de ser una obligación constitucional, es un imperativo ético que rige la actuación de los juzgadores. De esta manera, el Poder Judicial, a nivel institucional, y los juzgadores, a título individual, deben realizar un esfuerzo mayor para dar a conocer aquellas determinaciones que puedan interesar a la sociedad, al foro o a la academia.

A propósito de la evaluación que realiza la sociedad a la función jurisdiccional, ¿qué opina sobre el uso de redes sociales por parte de los juzgadores mexicanos?

El uso de las redes sociales por parte de los jueces es un tema que me ha interesado desde hace tiempo. Hace varios años realicé una consulta a la Comisión Nacional de Ética Judicial, preguntando si era correcto que los juzgadores comentaran sus fallos en redes...

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