¿Tiene trabajadores que carecen de número de seguridad social? Tramítelo por Internet

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Introducción

El número de seguridad social (NSS) es el número que el IMSS asigna a los trabajadores afiliados al mismo para identificarlos; se integra por once dígitos y es de carácter único durante toda la vida laboral del trabajador; por tanto, es intransferible.

A través del NSS, el IMSS proporciona los servicios de salud, las prestaciones económicas y demás beneficios que otorga a los trabajadores, ya que con este número se aportan tanto las cuotas obrero-patronales que se causan por cada uno de los seguros que integran el régimen obligatorio del Seguro Social y que son enteradas por las empresas, así como las aportaciones correspondientes que realiza el gobierno federal en mate-ria de cesantía en edad avanzada y vejez.

Comentamos la importancia del NSS, su integración y el procedimiento para solicitarlo mediante Internet, sin tener que acudir a la subdelegación del IMSS.

Importancia del NSS

Para el trabajador

Según se indicó, el NSS es único para cada trabajador, ya que va unido a la cuenta individual.

La cuenta individual es aquella que se abrirá en las administradoras de fondos para el retiro (Afore) para cada trabajador asegurado ante el IMSS con objeto de que se depositen en ella las cuotas obrero-patronales y la estatal por concepto del seguro de retiro, cesantía en edad avanzada y vejez, así como los rendimientos correspondientes y las aportaciones patronales por vivienda.

Dichas aportaciones a la cuenta individual servirán para financiar la pensión del trabajador al culminar su vida laboral.

Para el patrón

El artículo 15, fracciones I y III, dispone lo siguiente (énfasis añadido):

15. Los patrones están obligados a:

I. Registrarse e inscribir a sus trabajadores en el Instituto, comunicar sus altas y bajas, las modificaciones de su salario y los demás datos, dentro de plazos no mayores de cinco días hábiles;

. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .

III. Determinar las cuotas obrero-patronales a su cargo y enterar su importe al Instituto;

. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .

Por su parte, el artículo 29, fracciones I y II, de la Ley del Infonavit dispone que los patrones están obligados a inscribir a sus trabajadores y determinar el monto de las aportaciones de 5% para la vivienda.

Como se aprecia, los patrones están obligados a inscribirse ante el IMSS y el Infonavit y a dar de alta a los trabajadores a su servicio, lo que generará el derecho de los empleados a recibir las prestaciones en dinero y en especie por cada ramo de seguro comprendido en el régimen obligatorio de la LSS, y de una vivienda, previo cumplimiento de los requisitos legales.

Así, para inscribir a los trabajadores al IMSS y el Infonavit el patrón deberá proporcionar la...

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