Reglas de carácter general para la subrogación de servicios de guarderías en el campo

Práctica FiscalNúm. 426, Febrero 2006

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Abogados Fiscal

Resumen


Sujetos que pueden celebrar convenios. Requisitos para la subrogación de guarderías en el campo. Condiciones físicas del inmueble de la guardería. Condiciones de operación de la guardería. Cuota por la subrogación del servicio. Conclusión.

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Extracto


Reglas de carácter general para la subrogación de servicios de guarderías en el campo

El Consejo Técnico del Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) aprobó en sesión extraordinaria del 13 de junio de 2005 el acuerdo 243/2005 que establece las Reglas de carácter general para la subrogación de servicios de guarderías en el campo con patrones y organizaciones de trabajadores eventuales del campo; sin embargo, dicho acuerdo por solicitud de la dirección de prestaciones económicas y sociales fue modificado en sesión ordinaria del 22 de julio de 2005, mediante el acuerdo 349/2005, del mismo nombre.

El acuerdo 349/2005 tiene su origen en el decreto por el cual se adicionaron los artículos 5o.-A, fracción XIX; 237-A, 237-B, 237-C y 237-D de la Ley del Seguro Social (LSS), publicado en ...

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