Cálculo mensual del impuesto

AutorArnulfo Sánchez Miranda
Páginas43-47

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Objetivo General

Que el alumno conozca la forma de calcular el impuesto así como las formas y los plazos en que se debe pagar, además de los lugares autorizados para realizarlo.

Objetivos Específicos

Al finalizar el estudio de este capítulo, el estudiante será capaz de:

1. Conocer los períodos para calcularlo.

2. Realizar la mecánica para obtener el impuesto a pagar.

3. Conocer cuáles son los conceptos que se utilizan para obtenerlo.

4. Identificar los medios a utilizar para el pago del IVA.

1. Del calculo del impuesto mensual definitivo (ar- ticulo 5-d liva)

El impuesto se calculará por cada mes de calendario, salvo lo señalado en los artículos 5-E, en relación con el artículo 111 de la Ley del Impuesto Sobre la Renta (Régimen de incorporación); 5-F, acorde con el artículo 116 de la citada Ley (Personas Físicas que únicamente obtienen ingresos por el otorgamiento del uso o goce temporal de inmuebles cuyo ingreso mensual no exceda de diez salarios mínimos generales vigentes en el Distrito Federal elevados al mes); 33 de la LIVA (actos accidentales); y las importaciones; el pago se efectuará mediante declaración que se presentará en las oficinas autorizadas a más tardar el día 17 del mes siguiente al que corresponda el pago. Esto significa que los pagos mensuales del IVA son definitivos, es decir, no se hacen por cuenta del impuesto

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del ejercicio por no existir la obligación de presentar declaración anual.

NOTA: A partir de este capítulo se empezarán a enunciar reglas de la RMF así como criterios normativos del SAT de forma breve por lo que se sugiere remitirse al final de la obra: ANEXO-ELEMENTOS INSTRUMENTALES.

Procedimiento

El artículo 5-D establece que el pago mensual será la diferencia entre:

El impuesto que corresponda al total de las actividades realizadas en el mes por el que se efectúa el pago, a excepción de las importaciones de bienes tangibles

Menos:

Las cantidades por las que proceda el acreditamiento determinadas en los términos de los artículos 4, 5, 5-A, 5-B y 5-C de esta Ley

PAGO MENSUAL PREVIO

Menos:

En su caso, el impuesto que se le hubiere reteni- do en dicho período (art. 1-A LIVA)

PAGO MENSUAL

EJEMPLO

IVA trasladado de febrero

(-) IVA acreditable de febrero

(=) PAGO MENSUAL PREVIO

(-) IVA retenido

(=) PAGO MENSUAL DEFINITIVO DE FEBRERO

A pagar a más tardar el 17 de marzo del...

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