Breves notas sobre la nueva Hermenéutica Jurídica

AutorAna Lilia Ulloa Cuéllar
CargoInvestigadora del Instituto de Investigaciones Jurídicas de la Universidad Veracruzana
Páginas1-7

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La autora aborda en el presente ensayo, las propuestas de Betti y Gadamer sobre la nueva hermenéutica jurídica, a partir de recuperar la subjetividad del creador y del intérprete de la norma jurídica, el contexto político, social y económico y la consideración de los argumentos racionales y no deductivos.

Introducción

Verdad, seguridad jurídica, objetividad y neutralidad son sin duda conceptos claves de la hermenéutica jurídica tradicional. Por su parte, interpretar la norma jurídica y obtener la voluntad del legislador, fue durante varios siglos el ideal y/o el objetivo de esa hermenéutica jurídica.

Sin embargo, después de las propuestas de Hart y de Kelsen y ante la crisis de estas por no recuperar la materialización del derecho, se va gestando una nueva hermenéutica jurídica la cual inicia con el rechazo de toda propuesta positivista.

Esta nueva hermenéutica, enfrenta el reto de integrar aspectos que durante mucho tiempo fueron considerados como aspectos no científicos del derecho. Algunos de estos aspectos son:

  1. La subjetividad del creador y del intérprete de la norma jurídica.

  2. El contexto histórico, político, económico y social.

  3. La consideración de argumentos racionales y no deductivos.

Reflexionar sobre estos aspectos materiales de interpretación jurídica, así como presentar un resumen de esta nueva hermenéutica es el objetivo de este pequeño ensayo.

1. Objetividad vs Subjetividad en la cientificidad del derecho

En la lucha por sostener que el conocimiento jurídico es un conocimiento científico y bajo el enfoque positivista, la metodología jurídica en general y la interpretación jurídica en particular, consideró durante varios siglos que el objetivo principal de una buena interpretación era obtener la voluntad del legislador y con ello mantener el carácter objetivo, neutral y eficiente del derecho. Sin embargo, a partir de las últimas décadas del Page 2 siglo pasado se gestó una nueva hermenéutica, la cual partía del hecho de que el ámbito científico del derecho no quedaba del todo atrapado sino se recuperaba el aspecto material del mismo. Si bien es cierto, que las cuestiones formales del derecho son importantes ya que, entre otras cosas, éstas permiten hacer generalizaciones y predicciones sobre varias cuestiones jurídicas particulares, además de que es una herramienta necesaria para la sistematización del ordenamiento jurídico, no obstante, la vida del derecho por decirlo así, se muestra en su aspecto material. Por ello, la nueva hermenéutica sostiene que, toda interpretación jurídica tiene que recuperar tanto a la forma como al contenido, sin que por ello se renuncie a los ideales de certeza y seguridad.

Lo interesante de esta propuesta, es el hecho de que ella pretende obtener la objetividad y la certeza a través de la recuperación de la subjetividad y de todos los demás elementos materiales del derecho. Se trata, entonces, de mejorar la interpretación al mismo tiempo que alcanzar una única solución correcta.

Dos de los autores representantes de esta hermenéutica son sin duda Gadamer y Emilio Betti, aunque cabe mencionar que éste último es más importante para la interpretación jurídica ya que trabaja en el campo del derecho, mientras que aquel trabaja en lo filosófico.

Para Emilio Betti, una auténtica interpretación jurídica apunta siempre al problema epistemológico del "entender" y el "entender", se da en y a través de un sujeto: el intérprete. Este intérprete es siempre un sujeto condicionado por su contexto sociopolítico.

En virtud de que la ley no puede ser letra muerta, el método formal-deductivo no puede completar el círculo dialéctico de la correcta interpretación jurídica. Se hace necesario entonces, el desarrollo de argumentaciones racionales que reflejen la auténtica actividad del intérprete, cuya naturaleza es compleja. El intérprete deja de ser un simple técnico para convertirse en un ser racionalmente creativo, y el conocimiento del derecho, deja de ser sólo descriptivo y pasa a ser un auténtico conocimiento científico.

El "entender" se convierte en acto indispensable para toda teoría de interpretación. Al igual que Humboldt, Betti considera que el lenguaje que utiliza el creador de la...

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