¿Los boletos de avión pueden considerarse comprobantes fiscales para deducir en el ISR y el IETU el servicio de transportación aérea que amparan?

Práctica FiscalNúm. 520, Octubre 2008

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Abogados Fiscal

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¿Los boletos de avión pueden considerarse comprobantes fiscales para deducir en el ISR y el IETU el servicio de transportación aérea que amparan?

Soy contador de una persona moral del régimen general de la Ley del ISR que se dedica a la venta de artículos de belleza. En agosto pasado, la empresa envió al gerente de ventas de la compañía a un congreso de mercadotecnia en Cancún, Quintana Roo. ...

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