Beneficios en materia laboral y de seguridad social al aplicar el Sistema de administración de la seguridad y salud en el trabajo

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Con objeto de que los patrones cumplan con la obligación señalada en el artículo 130 del Reglamento federal de seguridad, higiene y medio ambiente de trabajo, referente a que en los centros de trabajo con 100 o más trabajadores se debe elaborar un diagnóstico de las condiciones de seguridad e higiene que prevalezcan en ellos, así como establecer por escrito y llevar a cabo un programa que considere el cumplimiento de la normatividad en la materia, de acuerdo con las características propias de las actividades y procesos industriales, la Secretaría del Trabajo y Previsión Social (STPS) en el marco del Programa de autogestión en seguridad social y salud en el trabajo, promueve en las empresas un sistema de administración en la materia, a través del cumplimiento de la normatividad vigente con el objeto de que se reduzca el nivel de accidentes y enfermedades ocurridos en los centros de trabajo.

Dicho sistema se deberá sujetar a lo señalado en el "Acuerdo por el que se establecen los requisitos para obtener la acreditación del sistema de administración y seguridad en el trabajo, a que se refiere el penúltimo párrafo del artículo 72 de la Ley del Seguro Social", publicado por la STPS en el Diario Oficial de la Federación (DOF), el 19 de marzo de 2002.

Así, bajo la normatividad antes mencionada la STPS mediante la Dirección general de seguridad y salud en el trabajo (DGSST) diseñó el Sistema de administración de la seguridad y salud en el trabajo (SASST), el cual además de brindar beneficios en materia laboral también otorga un beneficio adicional al patrón, referente a la aplicación del factor de prima equivalente a 2.2, al determinar en forma anual la siniestralidad del centro de trabajo y declararla ante el Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS), siempre que se cumpla con la acreditación expedida por las autoridades en la materia.

Sistema de administración de la seguridad y la salud en el trabajo

El SASST elaborado por la DGSST está enfocado a planear, aplicar, controlar y evaluar las acciones y procedimientos en la materia, a fin de prevenir accidentes y enfermedades a los trabajadores, y por consecuencia pérdidas en las empresas.

Por lo que para cumplir con los objetivos del sistema será necesario que los integrantes de las empresas, se comprometan a su aplicación y mantenimiento bajo un proceso de mejora continua, de manera voluntaria. Al respecto al final del tema se presenta un ejemplo del compromiso que firmarán los integrantes de la organización.

Estructura del sistema

El SASST consiste, sobre todo, en realizar un diagnóstico de la empresa a fin de aplicar acciones preventivas y correctivas, por lo que en su diseño la DGSST consideró los aspectos siguientes:

  1. Participación de los directivos.

  2. Participación de los trabajadores.

  3. Análisis del centro de trabajo.

  4. Evaluación y control de riesgos.

  5. Capacitación.

    Con ello se logrará un sistema de mejora continua.

    Ahora bien, para llevar a cabo el diagnóstico, la STPS ha diseñado un conjunto de formatos que se podrán ajustar a las características de la empresa, los cuales permitirán evaluar los aspectos siguientes:

  6. Administración de laseguridadysalud en el trabajo.

  7. Evaluación del cumplimiento de la normatividad en seguridad e higiene en el trabajo.

  8. Datos estadísticos oficiales de accidentes de trabajo del año anterior a la autorización del presente documento.

  9. Accidentes ocurridos en el centro de trabajo.

  10. Incapacidades permanentes.

  11. Defunciones.

  12. Días de incapacidad temporal.

  13. Tasa de...

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