Consideraciones básicas para el trámite de la firma electrónica avanzada
Práctica Fiscal › Núm. 377, Octubre 2004
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Consideraciones básicas para el trámite de la firma electrónica avanzada
Conforme al artículo segundo, fracción XXI, de las disposiciones transitorias del Código Fiscal de la Federación (CFF) para 2004, durante este ejercicio el uso de la firma electrónica avanzada será optativo para los contribuyentes y en tanto éstos obtienen el certificado de firma electrónica avanzada, en 2004 deberán utilizar ante el Servicio de Administración Tributaria (SAT) las mismas firmas electrónicas que ante la misma autoridad hayan venido utilizando, o las que generen conforme a las reglas de carácter general que emita el SAT para la presentación de declaraciones...
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