De las atribuciones de las unidades administrativas

AutorAnnamaria Bonomo
Páginas9-48
9
RGTO. SECRETARIA ECONOMIA/DE LAS ATRIBUCIONES... 8-10
Federales, una para las áreas adscritas directamente a la Oficina del
Secretario y una para la Unidad de Asuntos Jurídicos.
CAPITULO V
DE LAS ATRIBUCIONES DE LAS UNIDADES ADMINISTRA-
TIVAS
ARTICULO 9. Las Coordinaciones Generales, Unidades, el Secre-
tariado Técnico de la Competitividad y Direcciones Generales, esta-
rán a cargo de un titular, que para el ejercicio de sus atribuciones se
auxiliará por los directores generales, directores generales adjuntos,
directores y subdirectores de área, jefes de departamento, y demás
servidores públicos que se precisan en este Reglamento y en el Ma-
nual de Organización General de la Secretaría, así como por el per-
sonal que se requiera para satisfacer las necesidades del servicio.
ARTICULO 10. Corresponde a cada Coordinador General, Jefe de
Unidad, Secretario Técnico de la Competitividad y Director General:
I. Planear, programar, organizar, dirigir y evaluar las actividades de
las unidades administrativas a su cargo;
II. Acordar con el superior que corresponda la resolución de los
asuntos cuya tramitación sea de su competencia;
III. Formular dictámenes, opiniones e informes que les sean soli-
citados por sus superiores o por cualquier autoridad en el ámbito de
su competencia;
IV. Ejercer las facultades que les sean delegadas, realizar los actos
instruidos por su superior jerárquico y aquellos que les correspondan
por suplencia, así como realizar las actividades necesarias para el
cumplimiento de sus atribuciones;
V. Formular los proyectos de programas, así como el anteproyecto
de presupuesto, relativos a la unidad administrativa a su cargo;
VI. Ejercer los presupuestos autorizados a la unidad administrativa
a su cargo y suscribir los contratos, convenios y demás instrumentos
que permitan dar cumplimiento a sus atribuciones, así como informar
periódicamente a su superior jerárquico del desarrollo de los progra-
mas bajo su responsabilidad;
VII. Asesorar técnicamente en asuntos de su competencia a los
servidores públicos de la Secretaría;
VIII. Coordinar sus actividades con otras unidades administrati-
vas y órganos administrativos desconcentrados de la Secretaría, y
las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal,
cuando así lo requieran para su mejor funcionamiento, conforme a
las atribuciones que a cada una de ellas correspondan;
IX. Supervisar que se cumpla con las disposiciones jurídicas en
todos los asuntos cuya atención les corresponda;
X. Imponer las sanciones que procedan y resolver los recursos
administrativos que conforme a las disposiciones jurídicas aplicables
les corresponde;
10
10-11 EDICIONES FISCALES ISEF
XI. Proporcionar la información, los datos o la cooperación téc-
nica que les sea requerida por las dependencias y entidades de la
Administración Pública Federal, o por las unidades administrativas y
órganos administrativos desconcentrados de la propia Secretaría, de
conformidad con las disposiciones jurídicas aplicables;
XII. Expedir copias certificadas de los documentos que obren en
los archivos de la unidad administrativa a su cargo;
XIII. Planear, diseñar, desarrollar, mantener y operar los sistemas
informáticos requeridos para el sustento de las funciones que le son
asignadas por este Reglamento y demás disposiciones jurídicas apli-
cables, en coordinación con la Dirección General de Tecnologías de
la Información y Comunicaciones;
XIV. Administrar los recursos humanos de su adscripción de
acuerdo a la normativa vigente;
XV. Autorizar la emisión o actualización de los manuales de orga-
nización, de procedimientos y de servicios al público, de la unidad
administrativa a su cargo, conforme a los lineamientos que se esta-
blezcan para tal efecto, así como promover su difusión; y
XVI. Las demás que les atribuyan las disposiciones legales o re-
glamentarias o le encomienden sus superiores.
ARTICULO 11. Son atribuciones de la Coordinación General de
Minería:
I. Supervisar y coordinar las actividades que en materia minera
deriven del artículo 27 constitucional y aplicar la Ley Minera, su Re-
glamento y demás disposiciones administrativas, en el ámbito de su
competencia, auxiliándose del Servicio Geológico Mexicano y Fidei-
comiso de Fomento Minero;
II. Coordinar la elaboración, seguimiento, evaluación y, en su
caso, modificación del programa sectorial en materia minera de con-
formidad con los ordenamientos jurídicos aplicables, así como parti-
cipar en la elaboración de los programas regionales y especiales que
determine el Ejecutivo Federal en la materia;
III. Coordinar a las entidades paraestatales, Servicio Geológico
Mexicano y Fideicomiso de Fomento Minero, así como a las Direc-
ciones Generales de Regulación Minera y de Desarrollo Minero, para
organizar y ajustar sus actividades a la política minera y al programa
sectorial en la materia;
IV. Participar en foros y eventos nacionales e internacionales en
asuntos relativos a la minería, así como fungir como enlace con los
sectores privado y académico del sector minero;
V. Intervenir en la formulación de proyectos de leyes, reglamentos,
decretos y acuerdos relacionados con la minería;
VI. Establecer en coordinación con la Coordinación General de
Delegaciones Federales, los mecanismos de colaboración necesa-
rios con las delegaciones y subdelegaciones federales en materia
minera; y
11
RGTO. SECRETARIA ECONOMIA/DE LAS ATRIBUCIONES... 11-13
VII. Las demás que le señale su superior jerárquico o le confieran
otras disposiciones jurídicas, así como las establecidas en el artículo
10 de este Reglamento y las que competen a las unidades adminis-
trativas que se le hubieren adscrito.
La Coordinación General de Minería estará a cargo de un Coor-
dinador General, auxiliado en el ejercicio de sus facultades por los
Directores Generales de Regulación Minera, y de Desarrollo Minero.
ARTICULO 12. La Coordinación General del Programa Nacio-
nal de Financiamiento al Microempresario, tendrá las siguientes
atribuciones:
I. Coordinar la operación y seguimiento del Programa Nacional de
Financiamiento al Microempresario, así como de programas simila-
res que determine el Secretario;
II. Proponer las estrategias para la participación del gobierno fe-
deral en el fortalecimiento de instituciones, organizaciones e instru-
mentos cuyo objetivo sea el financiamiento a microempresarios que
no tienen acceso a los servicios de financiamiento, así como pro-
poner y fomentar la diversificación de productos de microfinancia-
miento, capacitación y asistencia técnica y todas aquellas estrategias
que coadyuven al crecimiento, inclusión y a la potenciación de la
microempresa en el sistema económico;
III. Coordinar las acciones y consultas en materia de microfinan-
ciamiento, con otras dependencias y entidades de la Administración
Pública Federal y sectores relacionados con dicha materia, en el ám-
bito de su competencia;
IV. Promover el desarrollo del sector microfinanciero en la pobla-
ción urbana y rural en condiciones de pobreza, y los apoyos relacio-
nados con dicho sector;
V. Implantar y administrar el registro de las operaciones del sector
microfinanciero, normar la captación de información, su actualización
y uso, así como llevar a cabo el análisis de la información relevante
para el conocimiento del sector;
VI. Planear, coordinar y mantener acciones de capacitación y for-
talecimiento institucional para las microfinancieras y sus acreditados;
VII. Planear, coordinar y mantener acciones de evaluación del de-
sempeño financiero y del impacto social del Programa Nacional de
Financiamiento al Microempresario; y
VIII. Representar a la Secretaría en todos los actos cuyo objetivo
sea el desarrollo del sector microfinanciero.
ARTICULO 13. Son atribuciones de la Coordinación General de
Delegaciones Federales:
I. Organizar y coordinar a las delegaciones y subdelegaciones
federales para la implementación de las políticas y programas secto-
riales, de conformidad con los criterios que defina el área a la que se
encuentre adscrita dicha Coordinación;
II. Establecer en coordinación con las unidades administrativas
de la Secretaría, los criterios para la aplicación de las políticas y

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR