Asociaciones civiles dedicadas a la enseñanza
Escuelas. Tratamiento fiscal, laboral y de seguridad social › Marco Legal
Enlazado como:
Escuelas. Tratamiento fiscal, laboral y de seguridad social › Marco Legal
Enlazado como:Resumen
1. Concepto de asociación civil. 2. Constitución de la institución educativa. A. Personas. B. Patrimonio. C. Contrato de la institución educativa. 3. Derechos de los asociados de las instituciones educativas. 4. Obligaciones de los asociados de las instituciones educativas. 5. Administración de la institución educativa. 6. Disolución y liquidación de las instituciones educativas.
Ver el contenido completo de este documento
Extracto
Asociaciones civiles dedicadas a la enseñanza
1. Concepto de asociación civil Es la reunión voluntaria de varios individuos (asociados), de manera que no sea enteramente transitoria, para realizar un fin común que no esté prohibido por la ley y que no tenga carácter preponderantemente económico. (Art. 2670, CCF) 2. Constitución de la institución educativa La institución educativa se conforma de lo siguiente: A. Personas No obstante que el CCF no lo señala expresamente, de la interpretación del concepto de asociación civil se infiere que para constituir una asociación civil dedicada a la enseñanza, se requiere mínimo de dos personas, sin tener un límite máximo de asociados. B. Patrimonio El patrimonio de las instituciones educativas se conformará por las aportaciones de los asociados y por el conjunto de activos (bienes y derechos) de carácter económico que adquiera la asociación por cualquier medio lícito y por sus obligaciones. Estas instituciones educativas no obtienen utilidades, sólo pueden tener incrementos patrimoniales, los cuales deben invertirse para la consecución de sus fines sociales. C. Contrato de la institución educativa El contrato por el que se constituye una institución educativa debe constar por escrito. Asimismo, deberá contener los datos siguientes: 1. El nombre de los asociados. 2. La razón social o denominación. 3. El objeto, duración y domicilio. 4. El capital social, si lo hubiere y la aportación con que cada asociado deba contribuir. 5. En su caso, la manera de distribuirse las utilidades y pérdidas. 6. El nombre de los administradores y las facultades que se les otorguen. 7. El carácter de los asociados y su responsabilidad ilimitada cuando la tuvieren. 8. La fecha y la firma del registrador. Generalmente en la práctica se usan las abreviaturas "A.C." después de la razón social, aun cuando no hay disposición expresa en el CCF que así lo señale. Las instituciones educativas se regirán por sus estatutos, los que deberán estar inscritos en el registro público para que produzcan efectos contra terceros. (Arts. 2671, 2673 y 3072, CCF) Enseguida se muestra el modelo de un contrato de constitución de una asociación civil dedicada a la enseñanza. CONTRATO DE CONSTITUCION DE ASOCIACION CIVIL DEDICADA A LA ENSEÑANZA LIBRO SETENTA.--------------------------------------------------------------------------------------------------- NUMERO CUATRO MIL SETECIENTOS CUARENTA.----------------------------------------------------- México, Distrito Federal, a cinco de febrero de dos mil diez.-------------------------------------- ARTURO GOMEZ CARDONA, Notario número Doscientos Ochenta y Seis del Distrito Federal, hago constar EL CONTRATO DE ASOCIACION CIVIL, que otorgan los señores DIEGO ROMERO TORRES, ALFREDO ROMERO TORRES, GRACIELA SUAREZ ORTEGA y ANTONIETA CHAVEZ ROSAS, al tenor de los estatutos que siguen a la inserción del permiso otorgado por la Secretaría de Relacio...
Ver el contenido completo de este documento
Enlaces patrocinados
ver las páginas en versión mobile | web
ver las páginas en versión mobile | web
© Copyright 2012, vLex. Todos los Derechos Reservados.
Contenidos en vLex México
Explora vLex
Para Profesionales
Para Socios
Otros documentos:
Encuesta / Dan mujeres ventaja a 'Cocoa' | Entre Picos | Notificaciones del Juzgado Segundo Mixto de Lo Civil y Familiar del Tercer Departamento Judicial... | Primero las... ¡vacas! | Jeffrey J. Radowich, Appellee, v. United States Attorney, District of Maryland; and United States Department of Justice, Appellants, and Homer Gud... | Timothy Thompson Appellant v Crispus Nix John Henry John Emmett Shift Supervisor Unknown Team Members--Lawson Snider ... | sentencia nº 1604/2007 de tsj comunidad valenciana (valencia), sala de lo contencioso, november 06, 2007 | Aguas dejar