Ingresos asimilados a salarios. Aspectos fiscales y su uso indebido para evitar el pago de contribuciones Marco teórico
Práctica Fiscal › Núm. 516, Agosto 2008
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Ley del ISR. Ingresos que se asimilan a salarios. Mecánica para determinar la retención del ISR. Mecánica para obtener el ISR anual. Ingresos por ejercer opción para adquirir acciones. Lineamientos para asimilar a salarios los ingresos de personas físicas que realicen actividades empresariales al menudeo. Lineamientos para asimilar a salarios los ingresos de comisionistas. Obligaciones de las personas que efectúan los pagos. Obligaciones de las personas que perciben los ingresos. Deducción de conceptos asimilados a salarios. Ley del IVA. Los ingresos asimilados a salarios no son afectos al IVA. Ley del IETU. Los ingresos asimilados a salarios no son afectos al IETU. No deducibilidad de los conceptos asimilados a salarios. Crédito fiscal por los ingresos asimilados al IETU. Empleo indebido de los ingresos asimilados a salarios para evitar el pago de contribuciones. Conclusión. Casos prácticos.
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Ingresos asimilados a salarios. Aspectos fiscales y su uso indebido para evitar el pago de contribuciones Marco teórico
Conforme a la Ley del ISR, algunos ingresos que perciben las personas físicas deben asimilarse de manera forzosa a sueldos y salarios; en otros casos, la misma ley les otorga la alternativa de aprovechar opcionalmente este régimen fiscal. En la práctica, es común que profesionistas y personas físicas que realizan actividades empresariales opten por asimilar sus ingresos a sueldos y salarios, pues en este supuesto las obligaciones que derivan de sus percepciones las deben cumplir quienes realizan los pagos y, por consiguiente, no deben presentar declaraciones periódicas de impuestos y, en ciertos casos, ni declaraciones anuales; sin embargo, también es frecuente que se aproveche esta figura fiscal para evitar el pago de contribuciones, entre ellas, las cuotas al IMSS y al Infonavit. Al respecto, en este taller se analizará el tratamiento fiscal de los ingresos asimilados a salarios, tanto para quien los recibe como para quien los paga; también, se comentará su uso indebido para evitar el pago de diversas contribuciones. Ley del ISR Ingresos que se asimilan a salarios En términos del artículo 110 de la Ley del ISR, para los efectos de este impuesto se asimilan a salarios los ingresos siguientes: 1. Las remuneraciones y demás prestaciones, obtenidas por los funcionarios y trabajadores de la Federación, de las entidades federativas y de los municipios, aun cuando sean por concepto de gastos no sujetos a comprobación, así como los obtenidos por los miembros de las fuerzas armadas. 2. Los rendimientos y anticipos que obtengan los miembros de las sociedades cooperativas de producción, así como los anticipos que reciban los miembros de sociedades y asociaciones civiles. 3. Los honorarios de miembros de consejos directivos, de vigilancia, consultivos o de cualquier otra índole, así como los honorarios de administradores, comisarios y gerentes generales. 4. Los honorarios de personas que presten servicios pre...
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