Acuerdo 43/2004 del H. Consejo Técnico del IMSS por el que se establecen los lineamientos para la asignación del número patronal de identificación electrónica y certificado digital

AutorJosé Pérez Chávez - Raymundo Fol Olguín
Páginas683-688

(Publicado en el Diario Oficial de la Federación el 3 de marzo de 2004)

El H. Consejo Técnico del Instituto Mexicano del Seguro Social, en la sesión celebrada el día 21 de enero de 2004, dictó el Acuerdo número 43/2004, en los siguientes términos:

"Este Consejo Técnico, con fundamento en los Artículos 251 fracciones VIII, y XXXVII, 263 y 264 fracciones III, XIV y XVII de la Ley del Seguro Social; 31 fracciones III, VII, XIV y XXVII del Reglamento de Organización Interna del Instituto Mexicano del Seguro Social; 5o. y 6o. del Reglamento de la Ley del Seguro Social en Materia de Afiliación, Clasificación de Empresas, Recaudación y Fiscalización, en correlación con lo dispuesto en los Artículos 15, fracciones I, II, III, IV y último párrafo, 286-L, 286-M y 286-N de la invocada Ley, y conforme a la solicitud de las Direcciones de Incorporación y Recaudación del Seguro Social, y de Innovación y Desarrollo Tecnológico contenida en oficio 010 del 9 de enero de 2004, Acuerda: Primero.- Dejar sin efecto el Acuerdo número 390/2003 dictado por este Cuerpo Colegiado el 22 de octubre de 2003. Segundo.- Aprobar los "Lineamientos para la Asignación de Número Patronal de Identificación Electrónica y Certificado Digital", en los términos propuestos por la Dirección General, con las observaciones formuladas por la Comisión Federal de Mejora Regulatoria, lineamientos que se acompañan como Anexo Único y que forman parte del presente Acuerdo, los cuales entrarán en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación. Tercero.- Instruir a la Dirección Jurídica a efecto de que tramite la publicación del presente Acuerdo y de los lineamientos que mediante el mismo se aprueban, en el Diario Oficial de la Federación."

"Lineamientos para la Asignación de Número Patronal de Identificación Electrónica y Certificado Digital", aprobados por el H. Consejo Técnico en su sesión celebrada el 21 de enero del presente año, al que le recayó el citado Acuerdo 43/2004.

1. Para efectos de los presentes lineamientos se entenderá por:

1.1. Actuaciones Electrónicas: Las notificaciones, citatorios, emplazamientos, requerimientos, solicitudes de informes o documentos y las resoluciones administrativas que emita por Medios Electrónicos el Instituto Mexicano del Seguro Social.

1.2. Acuse de Recibo Electrónico: La constancia electrónica no repudiable que emite y almacena el Instituto Mexicano del Seguro Social a través de un Sistema de Identificación Electrónica de Tecnología Criptográfica, para acreditar la fecha y hora de recepción de una promoción o solicitud enviada por un particular a través de medios magnéticos, digitales, electrónicos, ópticos, magneto ópticos o de cualquier otra naturaleza, misma que servirá como medio de prueba en caso de controversia.

1.3. Certificación del Medio de Identificación Electrónica: El proceso mediante el cual se emite un Certificado Digital para establecer la identificación electrónica del patrón o sujeto obligado, que le permitirá generar su Firma Electrónica.

1.4. Certificado Digital: Todo Mensaje de Datos u otro registro que confirme el vínculo entre un Firmante y los datos de creación de Firma Electrónica.

1.5. Clave de Acceso: A la serie de caracteres alfanuméricos que sirven para identificar a un usuario en el proceso de acceso a los sistemas electrónicos.

1.6. Contraseña: A la serie de caracteres no difundible generada por el usuario que en combinación con la Clave de Acceso sirve para validar la entrada a los sistemas electrónicos.

1.7. Datos de Creación de Firma Electrónica: Son los datos únicos, como códigos o claves criptográficas privadas, que el Firmante genera de manera secreta y utiliza para crear su Firma Electrónica, a fin de lograr el vínculo entre dicha Firma Electrónica y el Firmante.

1.8. Encripción: La acción que permite mediante técnicas matemáticas cifrar o codificar un mensaje de datos para proteger su confidencialidad y que vinculada al uso de la firma electrónica, garantiza la autenticidad e integridad de un documento.

1.9. Firma Electrónica Avanzada: Los datos en forma electrónica consignados en un Mensaje de Datos, o adjuntados o lógicamente asociados al mismo por...

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