Análisis práctico de la Resolución Miscelánea Fiscal para 2004-2005
Práctica Fiscal › Núm. 363, Mayo 2004
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Caso 1: ISR que deberá enterar a la entidad federativa, así como a la Federación, una persona física que tributa en el régimen intermedio con actividades empresariales - Caso 2: Tratamiento de las devoluciones para efectos de la Ley del IVA - Caso 3: Compensación de un saldo a favor de IVA derivado de un pago mensual, contra el pago provisional de ISR de mayo - Caso 4: Opción de deducir gastos e inversiones sin aplicar proporción por ingresos exentos - Caso 5: Determinación del monto de una parcialidad que se paga extemporáneamente - Caso 6: Entero del ISR correspondiente a la utilidad generada por contribuyentes que en 2001 tributaron en el régimen simplificado
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Extracto
Análisis práctico de la Resolución Miscelánea Fiscal para 2004-2005
En cumplimiento de la disposición contenida en el inciso g de la fracción I, del artículo 33 del Código Fiscal de la Federación (CFF), la SHCP dio a conocer en el DOF del pasado 30 de abril, la Resolución Miscelánea Fiscal para 2004-2005. Este cuerpo normativo, según el citado código, tiene como finalidad que la autoridad dé a conocer las resoluciones por ella dictadas que establezcan disposiciones de carácter general, agrupándolas de manera que faciliten su conocimiento por parte de los contribuyentes. Asimismo, el CFF dispone en el numeral ya señalado que las resoluciones a las que hace referencia que tengan que ver con sujeto, objeto, base, tasa o tarifa, no generarán obligaciones o cargas adicionales a las establecidas en las leyes fiscales, por lo que se entiende que su propósito es facilitar el cumplimiento de las obligaciones fiscales. En la Resolución Miscelánea Fiscal para 2004-2005 existen ciertas deposiciones que tienen dicho carácter, ya que aclaran situaciones relativas al entero de impuestos, la compensación de contribuciones de distinta naturaleza, así como al tratamiento de las devoluciones para efectos del IVA. Algunos de estos aspectos se ejemplifican en el presente taller. CASO 1 ISR que deberá enterar a la entidad federativa, así como a la Federación, una persona física que tributa en el régi men intermedio con actividades empresariales PLANTEAMIENTO Una persona física que tributa en el régimen intermedio con actividades empresariales de la Ley del ISR y que se dedica a la compraventa de artículos deportivos, desea determinar el importe correspondiente a mayo de 2004, por el 5% que deberá enterar a Jalisco -entidad federativa en la cual percibe la totalidad de sus ingresos-, así como el acreditamiento contra el pago provisional federal del ISR del mismo periodo. DATOS Correspondientes a mayo de 2004 * Total de ingresos acumulables por actividades empresariales obtenidos del 1o. de enero al 31 de mayo de 2004 $315,415 * Deducciones a...Ver el contenido completo de este documento
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