Análisis práctico de la reforma fiscal aprobada para 2005 Marco teórico

Práctica FiscalNúm. 381, Noviembre 2004

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Abogados Fiscal

Resumen


Introducción. Casos prácticos. Caso 1. Determinación del ISR anual de 2005 de una persona moral que tributa en el régimen general de la Ley del ISR. Caso 2. Pago provisional mensual de una sociedad que inicia su proceso de liquidación en 2005. Caso 3. Determinación de la deducción del costo de lo vendido en 2005, para una persona moral dedicada a la comercialización. Caso 4. Determinación del costo de lo vendido en 2005 para una persona moral dedicada a la prestación de servicios. Caso 5. Determinación del costo de lo vendido en 2005, cuando se realizan enajenaciones a plazos. Caso 6. Determinación del inventario acumulable en el ejercicio de 2005. Caso 7. Monto deducible de la PTU pagada en el ejercicio fiscal de 2005. Caso 8. Determinación de la utilidad fiscal neta del ejercicio de 2006. Caso 9. Determinación de la retención de ISR por la prestación de un servicio personal subordinado en el ejercicio de 2005. Caso 10. Determinación de la deducción opcional que podrá aplicar una persona física que tributa en el régimen de las actividades empresariales y profesionales. Caso 11. Base para el pago provisional de ISR de una persona física que en junio de 2006 efectuó el pago de PTU generada en el ejercicio fiscal de 2005. Caso 12. Determinación del monto de la PTU correspondiente al ejercicio fiscal de 2006 de una persona física que tributa en el régimen de las actividades empresariales y profesionales de la Ley del ISR. Caso 13. Monto de ingresos para continuar tributando en el régimen de pequeños contribuyentes. Caso 14. Impuesto anual de 2005, de una persona física que tributa en el régimen de salarios y en general por la prestación de un servicio personal subordinado. Caso 15. Determinación de la deducción inmediata, de una inversión en las áreas metropolitanas del Distrito Federal, Guadalajara y Monterrey. Caso 16. Determinación del estímulo fiscal para contribuyentes que contraten personas con discapacidad. Caso 17. Monto de la deducción de inversiones que se podrá deducir cuando se realicen adaptaciones a las instalaciones que impliquen adiciones o mejoras para discapacitados. Caso 18. IVA acreditable de una persona obligada al pago del IVA por la totalidad de las actividades que realiza. Caso 19. IVA acreditable de una persona física obligada al pago de este impuesto sólo por una parte de las actividades que realiza. Caso 20. Determinación del IVAacreditable de una inversión efectuada por un contribuyente que realiza actividades gravadas y exentas para efectos de dicho impuesto. Caso 21. Determinación del ISTUV para 2005 por la adquisición de automóviles híbridos. Caso 22 Determinación del ISTUV para 2005 de un automóvil con capacidad hasta de quince pasajeros.

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Extracto


Análisis práctico de la reforma fiscal aprobada para 2005 Marco teórico

Introducción

El 28 de octubre pasado, fueron aprobados en el pleno de la Cámara de Diputados diversos dictámenes relacionados con la reforma fiscal para 2005, que luego se enviaron a la Cámara de Senadores y turnados para su estudio y elaboración del dictamen correspondiente, a las Comisiones Unidas de Hacienda y Crédito Público y de Estudios Legislativos. Dichos dictámenes son los siguientes:

1. Dictamen con proyecto de decreto que reforma, adiciona, deroga y establece diversas disposiciones de la Ley del Impuesto sobre la Renta y el Impuesto al Activo.

2. Dictamen con proyecto de decreto que reforma la Ley del Impuesto al Valor Agregado.

3. Dictamen con proyecto de decreto que reforma, adiciona y deroga diversas disposiciones de la Ley del Impuesto sobre Tenencia o Uso de Vehículos.

4. Dictamen con proyecto de decreto por el que se reforman y adicionan diversas disposiciones de la Ley del Impuesto Especial sobre Producción y Servicios.

5. Ley de Ingresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal de 2005.

Así, los senadores integrantes de las comisiones mencionadas realizaron diversos trabajos a fin de revisar el contenido de los dictámenes con objeto de expresar sus observaciones y comentarios e integrar el dictamen que sería discutido en el pleno de ese recinto legislativo.

Con base en las referidas actividades y de acuerdo con los artículos 72 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, 86 y 94 de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, y 87 y 88 del Reglamento para el Gobierno Interior del propio Congreso, las comisiones sometieron a la consideración del pleno de la Cámara de Senadores los dictámenes correspondientes, los cuales fueron aprobados en sesión vespertina el 11 de noviembre pasado.

El dictamen de Decreto que reforma, adiciona y deroga diversas disposiciones de la Ley del Impuesto sobre Tenencia o Uso de Vehículos fue aprobado en lo general con 99 votos a favor, sin que los senadores efectuaran cambio alguno; por ello, fue remitido al Ejecutivo Federal para su aprobación y publicación en el Diario Oficial de la Federación (DOF).

Por lo que respecta a los demás dictámenes, los senadores efectuaron diversas modificaciones, motivo por el cual, una vez aprobados fueron devueltos a la Cámara de Diputados, que los aprobó, finalmente, el 13 de noviembre pasado, y se turnaron al Ejecutivo Federal para su aprobación y publicación en el DOF.

Al respecto, con base en los dictámenes aprobados, en esta edición se efectúa un repaso de las modificaciones verificadas en cada una de las leyes fiscales, destacando mediante diversos casos prácticos los aspectos que se deberán tomar en cuenta al entrar en vigor la reforma, es decir, a partir de 2005.

LEY DEL IMPUESTO SOBRE LA RENTA

Los cambios a esta ley corresponden a la iniciativa presentada por el Ejecutivo Federal el 8 de septiembre de 2004, a fin de reformar, adicionar, derogar y establecer diversas disposiciones fiscales y fijar subsidios para el empleo y la nivelación del ingreso; asimismo, corresponde a otras iniciativas presentadas por diversos diputados y senadores.

Los senadores aprobaron sin cambios significativos diversas reformas que ya se incluían en el dictamen aprobado por los diputados, entre otras, las siguientes:

1. Se modifica el acreditamiento del impuesto pagado en el extranjero, a fin de permitir que una sociedad residente en el extranjero que distribuya dividendos a otra sociedad residente en el extranjero, si esta última distribuye a la vez dividendos a una persona residente en México, pueda acreditar el ISR que le corresponda en la proporción del dividendo o de la utilidad percibidos en forma indirecta.

2. Se reduce la tasa del ISR empresarial a 30%, la que se irá reduciendo de forma paulatina anualmente, hasta llegar a 28%.

3. Se modifican las disposiciones en materia de liquidación de sociedades, con objeto de que las sociedades que no puedan efectuar la liquidación total de su activo desde que hayan entrado en liquidación, efectúen a partir de ese momento pagos provisionales mensuales conforme a lo establecido en la propia ley, mediante un coeficiente de utilidad que deberán ajustar anualmente.

4. Se permite la disminución de la participación de los trabajadores en las utilidades de las empresas (PTU) pagada en el ejercicio, para efectos de determinar la utilidad fiscal del contribuyente.

5. Se modifican los requisitos de deducción de sueldos y salarios; al respecto, se elimina como requisito presentar la declaración informativa de sueldos y salarios y se establece en vez de ello, como requisito de deducción la obligación para los patrones de tener inscritos a los trabajadores en el Seguro Social.

6. Se modifica la definición de gastos diferidos, a fin de que se consideren como tales, los activos intangibles representados por bienes o derechos que permitan reducir costos de operación, m...

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