Amplian la Oralidad a la Justicia Familiar

AutorLic. Brenda Pulido Luna
Páginas56-58

Page 56

La oralidad ha sido considerada como una respuesta acertada a las exigencias de modernización, transparencia y expeditez en la administración de justicia y luego de las positivas experiencias en las materias civil y mercantil, los legisladores del Distrito Federal han estimado que es el momento oportuno para extenderla a la materia familiar. Sin embargo, la oralidad no es la panacea y no puede esperarse que resuelva todas las problemáticas de los conflictos familiares.

La oralidad fue introducida originalmente en la materia penal con la Reforma Constitucional de Seguridad y Justicia de junio de 2008 y en virtud de que se fijó un plazo de 8 años para implementar el nuevo sistema en todo el país, a la fecha no se han implementado este tipo de juicios en la capital, esperando que inicien en el 2015. En enero del 2012 comenzaron en el df los juicos orales en asuntos de cuantía menor a 520 mil pesos, en las materias civil y mercantil. El pasado mes de mayo, en su sesión de clausura del período ordinario de sesiones la aldf aprobó una iniciativa del Dr. Miguel Ángel Mancera, Jefe del gdf, para ampliar la oralidad a los juicios familiares. Se trata de una reforma al Código de Procedimientos Civiles del Distrito Federal y a la Ley Orgánica del Tribunal Superior de Justicia del df, que crea los Juzgados de Proceso Oral en Materia Familiar.

Con esta reforma, los temas de controversias familiares que serán ventilados en juzgados de proceso oral son: alimentos, guarda y custodia, régimen de convivencia, violencia familiar, nulidad de matrimonio, rectificación o nulidad de las anotaciones del registro civil, filiación, interdicción contenciosa (para declarar a una persona incapaz por enfermedad o discapacidad grave), suspensión o pérdida de la patria potestad, constitución forzosa del patrimonio familiar y cambio de régimen patrimonial. En estos casos, la iniciativa aprobada prevé que entrarán en vigor un año después a partir de su publicación en la Gaceta Oficial. Se resolverán también en juicios orales los procedimientos que los ciudadanos inicien en forma voluntaria de divorcio, pérdida de patria potestad de menores acogidos por una institución pública o privada de asistencia social, actas de reasignación sexo–genérica y adopción nacional. Estos últimos comenzarán a operar 30 días después de la publicación de la reforma.

Sin embargo, el propio personal del Tribunal Superior de Justicia del Distrito Federal (tsjdf) ha reconocido que deberán...

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