Alternativas para financiar a las empresas con recursos fiscales en época de crisis Marco teórico
Práctica Fiscal › Núm. 512, Julio 2008
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Introducción. Devolución. Cantidades que pueden solicitarse en devolución. Solicitud de devolución. Plazo para que la autoridad realice la devolución. Monto de la devolución. Medios por los que puede hacerse la devolución. Depósito en la cuenta del contribuyente. Cheque nominativo. Certificados especiales a nombre del contribuyente o de terceros. Otros aspectos. Compensación. Impuestos contra los que se puede llevar a cabo la compensación. Presentación del aviso de compensación. Beneficio adicional de la compensación, no causación de recargos. Improcedencia de compensaciones. Otras disposiciones aplicables a la compensación de contribuciones. Disminución de los pagos provisionales. Formalidades para solicitar la disminución de los pagos provisionales.
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Alternativas para financiar a las empresas con recursos fiscales en época de crisis Marco teórico
Introducción Ante la falta de liquidez que puede experimentar una persona física o moral es posible aplicar algunas opciones fiscales que permiten allegarse de recursos o evitan su desembolso, como son la solicitud de devolución de saldos a favor o de cantidades pagadas indebidamente, la compensación de estas cantidades, la disminución de pagos provisionales de ISR, el pago en parcialidades de adeudos fiscales y la aplicación de estímulos fiscales. Por lo anterior, conviene estudiar las opciones que derivan de las disposiciones tributarias que actúan a favor de la liquidez de las empresas, con objeto de que se evalúen las ventajas que se pueden obtener de las mismas y así aplicarlas en beneficio propio cuando se atraviese por épocas de crisis. Devolución La devolución es uno de los medios previstos por el CFF para que los contribuyentes puedan recuperar las cantidades que tienen a su favor por pagos en exceso de impuestos o pagos indebidos. Así, para solicitar la devolución de dichas cantidades se establecen los siguientes lineamientos. Cantidades que pueden solicitarse en devolución El artículo 22 del CFF dispone que los contribuyentes tienen derecho a solicitar en devolución, a las autoridades tributarias, las cantidades pagadas indebidamente y las que procedan conforme a las leyes fiscales. Ejemplo de las cantidades que proceden de acuerdo con las leyes tributarias, son las siguientes: [ VEA LA TABLA EN EL PDF ADJUNTO ] Por su parte, para solicitar la devolución de las cantidades pagadas indebidamente, habrá que considerar los aspectos siguientes: 1. Si el pago de lo indebido se efectúa en cumplimiento de un acto de autoridad, el derecho a la devolución nacerá cuando ese acto se anule. 2. Si el pago de lo indebido se debe a errores aritméticos, la devolución se concederá siempre que no haya prescrito la obligación de la autoridad de devolver. Es de observar que la obligación de la au...
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