Acuerdo General 3/2013, del Pleno del Consejo de la Judicatura Federal...

AutorEdiciones Fiscales ISEF
Páginas1-42

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Modificado con el D.O.F. del 14 de octubre de 2016

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos. Consejo de la Judicatura Federal. Secretaría Ejecutiva del Pleno.

ACUERDO General 3/2013, del Pleno del Consejo de la Judicatura Federal, relativo a la determinación del número y límites territoriales de los Circuitos Judiciales en que se divide la República Mexicana; y al número, a la jurisdicción territorial y especialización por Materia de los Tribunales de Circuito y de los Juzgados de Distrito.

Considerando

PRIMERO. En términos de lo dispuesto por los artículos 94, párrafo segundo; 100, párrafos primero y octavo de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 68 y 81, fracción II de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación, el Consejo de la Judicatura Federal es el órgano encargado de la administración, vigilancia y disciplina de los tribunales de Circuito y juzgados de Distrito, con independencia técnica, de gestión y para emitir sus resoluciones; además, está facultado para expedir acuerdos generales que permitan el adecuado ejercicio de sus funciones;

SEGUNDO. El artículo 17 de la Constitución Federal establece que toda persona tiene derecho a que se le administre justicia por tribunales que estarán expeditos para impartirla en los plazos y términos que fijen las leyes;

TERCERO. El artículo 94, párrafo sexto, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y los artículos 81, fracciones IV, V, VI, XX y XXIV; y 144 de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación, establecen que son atribuciones del Consejo de la Judicatura Federal, determinar el número y los límites territoriales de los Circuitos en que se divida el territorio de la República Mexicana, así como el número, delimitación territorial y, en su caso, especialización por materia, de los tribunales colegiados y unitarios de Circuito y de los juzgados de Distrito en cada uno de los mencionados Circuitos. Asimismo, que cada uno de los circuitos comprenderán los distritos judiciales cuyo número y límites territoriales determine el Consejo de la Judicatura Federal, y que en cada Distrito deberá establecerse cuando menos un juzgado;

CUARTO. Con motivo de la creación de órganos jurisdiccionales y su especialización, la creación de nuevos Distritos Judiciales y su delimitación territorial por parte del Pleno del Consejo de la Judicatura Federal, así como la creación de Centros Regionales Auxiliares, y toda vez que el Acuerdo General 11/2011, derogado por el Acuerdo General 17/2012 del Pleno del Consejo de la Judicatura Federal, ha sido reformado en múltiples ocasiones, se hace evidente la necesidad de emitir uno nuevo que lo sustituya y actualice.

En consecuencia, con fundamento en las disposiciones constitucionales y legales citadas, el Pleno del Consejo de la Judicatura Federal expide el siguiente

Acuerdo

PRIMERO. El territorio de la República se divide en treinta y dos circuitos, cuya circunscripción territorial es la siguiente:

I. PRIMER CIRCUITO: Ciudad de México.

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II. SEGUNDO CIRCUITO: Estado de México.

III. TERCER CIRCUITO: Estado de Jalisco.

IV. CUARTO CIRCUITO: Estado de Nuevo León.

V. QUINTO CIRCUITO: Estado de Sonora, con excepción del municipio de San Luis Río Colorado.

VI. SEXTO CIRCUITO: Estado de Puebla.

VII. SEPTIMO CIRCUITO: Estado de Veracruz, con excepción de los municipios de Acayucan, Agua Dulce, Coatzacoalcos, Cosoleacaque, Chinameca, Hidalgotitlán, Ixhuatlán del Sureste, Jáltipan, Jesús Carranza, Las Choapas, Mecayapan, Minatitlán, Moloacán, Nanchital de Lázaro Cárdenas del Río, Oluta, Oteapan, Pajapan, San Juan Evangelista, Sayula de Alemán, Soconusco, Soteapan, Tatahuicapan de Juárez, Texistepec, Uxpanapa y Zaragoza.

VIII. OCTAVO CIRCUITO: Estado de Coahuila de Zaragoza y los municipios de General Simón Bolívar, Gómez Palacio, Lerdo, Mapimí, Nazas, San Juan de Guadalupe, San Luis del Cordero, San Pedro del Gallo y Tlahualilo del Estado de Durango.

IX. NOVENO CIRCUITO: Estado de San Luis Potosí.

X. DECIMO CIRCUITO: Estado de Tabasco y los municipios de Acayucan, Agua Dulce, Coatzacoalcos, Cosoleacaque, Chinameca, Hidalgotitlán, Ixhuatlán del Sureste, Jáltipan, Jesús Carranza, Las Choapas, Mecayapan, Minatitlán, Moloacán, Nanchital de Lázaro Cárdenas del Río, Oluta, Oteapan, Pajapan, San Juan Evangelista, Sayula de Alemán, Soconusco, Soteapan, Tatahuicapan de Juárez, Texistepec, Uxpanapa y Zaragoza del Estado de Veracruz.

XI. DECIMOPRIMER CIRCUITO: Estado de Michoacán.

XII. DECIMOSEGUNDO CIRCUITO: Estado de Sinaloa y Archipiélago de las Islas Marías.

XIII. DECIMOTERCER CIRCUITO: Estado de Oaxaca.

XIV. DECIMOCUARTO CIRCUITO: Estado de Yucatán.

XV. DECIMOQUINTO CIRCUITO: Estado de Baja California y municipio de San Luis Río Colorado del Estado de Sonora.

XVI. DECIMOSEXTO CIRCUITO: Estado de Guanajuato.

XVII. DECIMOSEPTIMO CIRCUITO: Estado de Chihuahua.

XVIII. DECIMOCTAVO CIRCUITO: Estado de Morelos.

XIX. DECIMONOVENO CIRCUITO: Estado de Tamaulipas.

XX. VIGESIMO CIRCUITO: Estado de Chiapas.

XXI. VIGESIMO PRIMER CIRCUITO: Estado de Guerrero.

XXII. VIGESIMO SEGUNDO CIRCUITO: Estado de Querétaro.

XXIII. VIGESIMO TERCER CIRCUITO: Estado de Zacatecas.

XXIV. VIGESIMO CUARTO CIRCUITO: Estado de Nayarit.

XXV. VIGESIMO QUINTO CIRCUITO: Estado de Durango, con excepción de los municipios de General Simón Bolívar, Gómez Palacio, Lerdo, Mapimí, Nazas, San Juan de Guadalupe, San Luis del Cordero, San Pedro del Gallo y Tlahualilo.

XXVI. VIGESIMO SEXTO CIRCUITO: Estado de Baja California Sur.

XXVII. VIGESIMO SEPTIMO CIRCUITO: Estado de Quintana Roo.

XXVIII. VIGESIMO OCTAVO CIRCUITO: Estado de Tlaxcala.

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XXIX. VIGESIMO NOVENO CIRCUITO: Estado de Hidalgo.

XXX. TRIGESIMO CIRCUITO: Estado de Aguascalientes.

XXXI. TRIGESIMO PRIMER CIRCUITO: Estado de Campeche.

XXXII. TRIGESIMO SEGUNDO CIRCUITO: Estado de Colima.

SEGUNDO. Cada uno de los Circuitos a que se refiere el punto primero comprenderá los tribunales colegiados y unitarios de Circuito y los juzgados de Distrito que a continuación se precisan:

I. Primer circuito

  1. Sesenta y un tribunales colegiados especializados: diez en materia penal, veinte en materia administrativa, catorce en materia civil y diecisiete en materia de trabajo, todos con residencia en la Ciudad de México.

    2. Nueve tribunales unitarios especializados: seis en materia penal y tres en materias civil y administrativa, todos con residencia en el Distrito Federal.

    3. Sesenta y nueve juzgados de Distrito en el Distrito Federal especializados: quince de Procesos Penales Federales, dieciséis de amparo en materia penal, dieciséis en materia administrativa, trece en materia civil y nueve en materia de trabajo, todos con sede en el Distrito Federal.

    4. Ocho Juzgados Federales Penales Especializados: seis en Cateos, Arraigos e Intervención de Comunicaciones, y dos en Medidas Cautelares y Control de Técnicas de Investigación, todos con residencia en la Ciudad de México.

    5. Tres juzgados de Distrito Especializados en Ejecución de Penas, todos con sede en el Distrito Federal.

    II. Segundo circuito

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